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«Martes sociales»: El Gobierno recupera el real decreto-ley de precampaña

Eduardo Ortega Figueiral. Ortega Condomines Abogados
  • El Gobierno anuncia o filtra sucesivos paquetes de medidas sociales hasta las elecciones del 29 de noviembre
  • Repasamos qué sabemos hasta ahora, qué es un mero anuncio de precampaña y qué convendría tener en cuenta

Los que ya peinamos alguna cana en esto recordaremos la primavera de 2019. Con las Cámaras disueltas y las elecciones del 28 de abril a la vuelta de la esquina, el Gobierno inauguró —y bautizó él mismo, que es lo verdaderamente notable— los llamados “viernes sociales”: Consejo de Ministros tras Consejo de Ministros, paquete tras paquete de reales decretos-leyes de contenido laboral y social. De aquellas semanas salieron, entre otras cosas, y solo en el ámbito laboral, la ampliación del permiso de paternidad, el registro de jornada o la recuperación del subsidio de los mayores de 52 años. Ya entonces dejamos escrito en nuestras Circulares 8/2019 y 9/2019 que la fórmula nos parecía jurídicamente muy discutible y que, de urgentes, algunas de aquellas medidas tenían bien poco: la prueba es que varias de ellas llevaban años durmiendo en un cajón y despertaron, milagrosamente, en precampaña.

Siete años después, disueltas las Cámaras y convocadas las elecciones generales para el domingo 29 de noviembre, el Gobierno ha anunciado su intención de repetir la jugada. Como los Consejos de Ministros se celebran hoy en martes y no en viernes, la etiqueta ha mutado a “martes sociales”. Cambia el día de la semana, pero la técnica legislativa nos tememos que permanecerá igual.

Es importante señalar que nada de lo que aquí comentamos está publicado en el BOE. Trabajamos sobre filtraciones de prensa, declaraciones y notas de precampaña, material que en esta época del año conviene manejar con pinzas. La experiencia enseña que entre lo que se anuncia en una rueda de prensa y lo que acaba publicándose —si acaba publicándose— media, en ocasiones, una legislatura entera. Estas notas tienen por ello una finalidad estrictamente preventiva y, por qué no, algo crítica.

Recordamos, además, que los sindicatos mayoritarios han convocado una huelga general para el 11 de noviembre, dos días antes del inicio de la campaña electoral. Sobre ella remitiremos en breve Circular específica.

¿Puede el Gobierno legislar con las Cortes disueltas?

Puede. La disolución de las Cámaras no comporta el cese del Gobierno ni impide aprobar reales decretos-leyes, cuya convalidación corresponderá en este periodo a la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados. Hasta aquí, la ortodoxia constitucional.

Otra cosa es el artículo 86 de la Constitución y su exigencia de “extraordinaria y urgente necesidad”. Que un instrumento esté disponible no significa que cualquier contenido quepa dentro de él, y una urgencia que no se apreció durante los últimos años pero que irrumpe de golpe a cinco semanas de las elecciones invita a arquear una ceja o como mínimo a curvar el dedo índice sobre la ceja, ya nos entendemos.

Sin embargo, esto no es un reproche a la finalidad de las medidas, que nos abstenemos de comentar, sino a la técnica. Legislar en materia laboral y de Seguridad Social a golpe de RD-Ley, sin trámite de audiencia, sin informes y con entrada en vigor prácticamente inmediata, tiene un coste que no paga quien lo anuncia, sino quien lo aplica: las empresas.

Lo que se anuncia para hoy

El primer “martes social” estaría previsto para hoy mismo y su contenido sería esencialmente de Seguridad Social. Según lo publicado, el paquete incluiría una nueva protección por incapacidad temporal para las mujeres afectadas por patologías asociadas a la menopausia; una mejora equivalente para las víctimas de violencia de género; retoques en la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave —se habla de permitir que ambos progenitores la perciban de forma simultánea o alternativa y de prolongarla más allá de los 26 años en supuestos de especial vulnerabilidad—; una flexibilización del acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho con hijos comunes; y mejoras en determinadas pensiones extraordinarias por terrorismo y en la protección de los huérfanos por violencia de género.

No vamos a construir sobre estas informaciones un análisis técnico que mañana puede no servir de nada. Lo que sí anticipamos es dónde estará el problema si todo esto llega efectivamente al BOE: no en el reconocimiento del derecho, que se entiende en dos líneas, sino en el desde cuándo, el a quién, el cómo se acredita y el quién paga.

De lo demás, solo el SMI merece atención: el resto, veremos

Como decíamos, se viene hablando de un calendario de medidas para los sucesivos martes, sin que sepamos si esas medidas acabarán viendo la luz. Lo que sí es real, en cambio, es el aumento del Salario Mínimo Interprofesional para 2027, que llegará sí o sí y que es, de todo este bloque, lo único con incidencia empresarial directa y segura. Los sindicatos más representativos reclaman un incremento del 7 %. El Gobierno no se ha pronunciado y se espera el dictamen —no vinculante— del comité de expertos. Con un IPC adelantado de octubre del 4,9 %, nuestra apuesta, y apuesta es, se sitúa en ese entorno. La revalorización de las pensiones y las bases y tipos de cotización del próximo ejercicio siguen su curso ordinario de cada diciembre; venderlas ahora como “medida social” es, sencillamente, cuestión de marketing.

Y lo que se barrunta, que no siempre llega a los periódicos

Hay además un segundo plano, menos visible, del que conviene dejar constancia precisamente porque no ha trascendido a los medios. En las conversaciones entre los interlocutores sociales se vienen deslizando, con mayor o menor insistencia, viejos conocidos: la reducción de la jornada máxima legal, la digitalización y el endurecimiento del registro horario, el régimen indemnizatorio del despido a la luz de las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales o algún ajuste adicional en materia de contratación. Nada de esto está escrito, nadie lo ha confirmado y bien puede quedarse donde está. Pero el formato “martes social” es, por definición, el vehículo ideal para colar en el BOE, con escaso debate, aquello que no habría superado una tramitación parlamentaria ordinaria. Queda dicho, con todas las reservas, y precisamente por eso lo decimos.

En resumen

Hasta el 29-N conviene mantener la cabeza fría: no aplicar como vigente lo que solo está anunciado, no mover un procedimiento interno hasta leer el BOE y desconfiar, por sistema, de los titulares. Desde el Departamento Laboral y de Seguridad Social seguiremos cada martes lo que efectivamente se apruebe y les informaremos puntualmente de aquello que tenga verdadera incidencia práctica.

Porque, visto lo visto, de aquí a las elecciones los martes serán cualquier cosa menos aburridos.

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