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30/10/2026. 11:09:09
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Tribuna EJE&CON: La Comisión Europea aprueba nuevas normas de información sobre sostenibilidad y otras de aplicación voluntaria

Socia de Corporate / M&A, CMS Albiñana & Suárez de Lezo.

El Reglamento Delegado (UE) 2026/1560 y el Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 de la Comisión, de 3 de julio, forman parte del paquete de simplificación Ómnibus, que racionaliza las normas de presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas de la UE y que reduce el número de las empresas sujetas a la Directiva (UE) 2022/2464, sobre obligaciones de información de las empresas en materia de sostenibilidad (CSRD).

Reglamento Delegado (UE) 2026/1560

Cumpliendo el mandato establecido en la CSRD, el Reglamento Delegado (UE) 2026/1560 establece que las empresas que no estén sujetas a dicha directiva podrán divulgar información sobre sostenibilidad con carácter voluntario, con arreglo a la norma establecida en su Anexo I.

Además, el Reglamento Delegado (UE) 2026/1560 establece el llamado límite máximo de la cadena de valor, que implica que las empresas sujetas a la CSRD no podrán exigir información que exceda de los puntos de datos incluidos en el Anexo II de este reglamento delegado a las empresas incluidas en su cadena de valor (como proveedores o distribuidores) a las que no fuera de aplicación la CSRD, es decir, a las empresas protegidas que se contemplan en la CSRD.

La norma voluntaria se basa en la ya adoptada por medio de la Recomendación (UE) 2025/1710, que supuso una solución provisional para atender las demandas de criterios uniformes por parte de mercado hasta la aprobación de la norma voluntaria. Esta recomendación queda desplazada con la aprobación del Reglamento Delegado (UE) 2026/1560.

Así pues, la norma voluntaria ayudará a las empresas con menos de 1.000 empleados a responder a las solicitudes de información de grandes clientes, inversores y entidades financieras a los que sí sea de aplicación la CSRD.

El Reglamento Delegado (UE) 2026/1560 entró en vigor el 24 de septiembre de 2026 y será de aplicación a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027.

Reglamento Delegado (UE) 2026/1563

Por otra parte, el Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 modifica las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS) de conformidad con lo previsto en la Directiva (UE) 2026/470 (Directiva Ómnibus) de la siguiente forma:

  • Se reduce el número de puntos de datos a facilitar por las empresas sujetas a la CSRD. En concreto, los puntos de datos obligatorios se reducen en más de un 60% y el total de puntos de datos (incluyendo obligatorios y voluntarios), en más de un 70%.
  • Se introducen normas más claras y breves: se da prioridad a los puntos de datos cuantitativos frente a los datos con un texto descriptivo, se distingue más claramente entre los puntos de datos obligatorios y los voluntarios, se proporcionan instrucciones sobre cómo aplicar el principio de importancia relativa y se mejora la coherencia con otros actos normativos de la UE.
  • Finalmente, se sustituyen de forma íntegra las anteriores NEIS recogidas en el Reglamento Delegado 2023/2772.

Se espera que la racionalización de las NEIS resulte en un ahorro de costes para cada empresa de en torno al 30%, frente a los costes que se estimaban que pudieran incurrirse en el marco normativo anterior.

En cuando al principio de doble importancia relativa (o doble materialidad, como se ha denominado en otros textos), se aclara que consiste en la obligación de las empresas de divulgar información (i) tanto sobre las incidencias “de importancia relativa” que pueden tener sus actividades sobre las personas, la sociedad y el medio ambiente (inside-out), (ii) como a los factores “de importancia relativa” de sostenibilidad (cambio climático, escasez de recursos, y otros) pueden afectar externamente (outside-in) a las oportunidades y resultados financieros de la empresa.

Asimismo, debe considerarse que la información reviste importancia relativa cuando su omisión, tergiversación u ocultación pueda influir en las decisiones de los usuarios de los “estados de sostenibilidad” de las empresas, ya sea en relación con la provisión de recursos a la empresa o con otros propósitos.

El Reglamento Delegado (UE) 2026/1563 entrará en vigor el 10 de noviembre de 2026 y será de aplicación a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027.

En todo caso, respecto de los ejercicios iniciados entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, las empresas podrán elegir entre aplicar las NEIS anteriores (recogidas en el Reglamento Delegado (UE) 2023/2772, tal como quedó modificado por el Reglamento (UE) 2025/1416) o las NEIS establecidas en el nuevo Reglamento Delegado (UE) 2026/1563. En todo caso, incluso si una empresa aplica las NEIS anteriores, se podrá beneficiar de determinadas exenciones que se contemplan en las nuevas NEIS. 

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