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El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los profesores asociados de las universidades públicas de Madrid a percibir el complemento por méritos docentes en la cuantía proporcional al tiempo de la prestación de servicios

La Sala rechaza la aplicación del coeficiente de parcialidad de 0,5 en las evaluaciones del personal docente e investigador laboral a tiempo parcial por ser discriminatorio El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que reconoce el derecho del personal docente...

Estudiante con discapacidad obligada al reintegro de beca universitaria

Se ha dictado Resolución por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional desestimando las pretensiones de una alumna con discapacidad sensorial visual...

Los Juzgados de Primera Instancia recuperan competencias en el ámbito concursal: ¿avance o retroceso?

La Ley 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial estableció un nuevo reparto de competencias...

La ficticia oralidad del abreviado contencioso-administrativo

El Derecho no es ni mucho menos ajeno a las diferencias significativas que suelen existir entre la teoría y la práctica en...

El establecimiento de sucursal extranjera en Cuba

Una de las facultades de la Ley de la Inversión Extranjera (LIE) cubana es la de conceder al inversor foráneo su establecimiento en Cuba...

La e-administración pública. Regulación practica a partir del 2 de octubre de 2016

En primer lugar, hay que precisar los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas a partir de la entrada en vigor de...

La sentencia del TS: Nuevo agravio a la profesión que desempeña una labor de alto nivel de exigencia, cualificación y riesgo

La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) está analizando la Sentencia 390/2016 de 8 de junio del Tribunal Supremo (TS) para proponer  modificaciones legislativas que  mejoren el sistema de insolvencias, fundamentalmente en las labores  que desempeñan los administradores concursales que son  de alto nivel de exigencia, cualificación y riesgo. La Sentencia posterga y no asegura el cobro de los honorarios de los administradores concursales, lo que provocará la desaparición de la administración concursal profesionalizada y especializada al no poder contar con los equipos, dedicación y recursos suficientes, mientras que los deudores podrán seguir paralizando los pagos multimillonarios, en algunos casos, que tienen que ser controlados por estos profesionales y el juzgado que entienda del caso.

Sobre financiación y costes ‘imprescindibles’ para la gestión de los concursos de acreedores

La Ley Concursal establece para los procedimientos concursales un "órgano" del que no se puede prescindir en el procedimiento, «sólo el juez...

Consecuencias de anunciar tus productos o servicios mediante SPAM

La RAE define el SPAM como “correo basura” y a éste como aquel “correo electrónico de distribución masiva y contenido normalmente publicitario o malicioso,...

De la supresión de la sustitución de la pena como figura autónoma a la suspensión

1. º La entrada en vigor de la última reforma del Código Penal Español constituye la enmienda más profunda que se ha llevado...
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