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28/03/2024. 19:24:55

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Michael Pluta, fundador del despacho Pluta Abogados GmbH

“El concurso debe servir para salvar la empresa”

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"Una venta a tiempo de la empresa concursada puede salvar a la misma, mantener puestos de trabajo y frenar la tendencia hacia más concursos". "La práctica y la economía demuestran que llegado un tiempo las empresas necesitan de una reestructuración". "Sería una buena ocasión aprovechar la reforma que tienen pendiente para reforzar la independencia del administrador concursal".

Ha cundido la imagen de que una empresa concursada es una empresa abocada a la desaparición a corto o medio plazo, y no debe ser así. Por eso, en estas épocas de rebajas de la actividad económica es una buena noticias que haya abogados que funden y dirijan despachos como Pluta, con sedes españolas en Madrid y Barcelona, que dan un paso más en lo que a concursos se refiere y creen que más vale un concurso a tiempo que esperar y que la liquidación sea real. Legal Today ha hablado con el abogado alemán Michael Pluta, que tiene una visión de las empresas con problemas de solvencia más dinámica de lo habitual.

Michael Pluta

Su despacho se dedica exclusivamente a la gestión de procedimientos concursales. Aparte de la mala situación económica, ¿qué factor común se da en las empresas concursadas?

Pluta Abogados cuenta con más de 25 años de experiencia en la gestión de procedimientos concursales y a través de sus 24 sucursales internacionales, incluyendo las de Madrid y Barcelona, se ocupa de 200 empresas insolventes al año, 30 de ellas en España. La situación de las empresas concursadas suele ser la misma, acceden al concurso demasiado tarde, cuando poco se puede hacer ya por sanear la empresa. Es importante la anticipación en pedir el concurso lo que devengará en un aumento de la cuota que se reparte a los acreedores que actualmente es escasa.

¿Qué tipo de relación se establece con el abogado?

La relación suele ser puramente profesional, lo que no resta para que haya implicaciones de tipo emocional en lo que cuenta que se derive el menor daño posible para las partes. Hablamos de temas de enorme sensibilidad para las personas implicadas.

¿Cree que se podrá desligar la idea de empresa concursada es empresa quebrada?

Es un problema cultural y de tradición, pero el concurso debe servir para salvar la empresa. Se debería reducir el plazo para solicitar el concurso, de modo que la empresa tenga opción de reestructurarse y salvar los puestos de trabajo.

Una venta a tiempo de la empresa concursada puede salvar a la misma, mantener puestos de trabajo y frenar la tendencia hacia más concursos. La práctica y la economía demuestran que llegado un tiempo las empresas necesitan de una reestructuración. En ese sentido, no hay un interés especial en mantener la empresa tal y como se creó para rescatarla. Lo que cuenta es el mantenimiento del valor económico, pero no necesariamente en la misma forma jurídica.

¿Qué opina de la Ley Concursal Española?

La Ley Concursal Española es buena, aunque requiere algunas mejoras que favorezcan la eficacia del sistema concursal y reduzca el riesgo de que la insolvencia se extienda entre empresarios. Es primordial reforzar la independencia del administrador concursal, garantizar su calidad, exigir plena transparencia y reivindicar la administración como una profesión en sí misma.

Para garantizar la independencia se debe exigir que los profesionales que se dediquen a seste ámbito de actuación no puedan dedicarse simultáneamente a tareas de asesoramiento que puedan generar un conflicto de intereses. Igualmente, se debería establecer una lista nacional de administradores. Nuestra propuesta es que para aparecer en la lista, el administrador concursal debe tener una formación de máster homologado por el Ministerio de Justicia y dos años de prácticas acreditadas en un despacho dedicado a la materia. Todo ello garantizaría la calidad de los administradores.

El tercer factor que reclamamos es la transparencia, para ello proponemos que el administrador concursal tenga la obligación de publicar sus cuentas anuales y la creación de un organismo regulador que tenga acceso a sus cuentas bancarias.

Finalmente, creemos que es necesario apostar por la profesionalización equipare el rol de administrador concursal al de notario o registrador, profesionales privados dotados de funciones públicas.

Estos cambios contribuirían a una mejora de los procesos concursales.

¿Cree que la reforma parcial que se llevó a cabo hace poco más de un año ha sido útil para salvar empresas de su desaparición?

Cumplir ese objetivo no es sólo cuestión de ley sino de la actuación del resto de agentes implicados en el proceso. Hace falta un cambio de percepción en torno a lo concursal, empezando por  los propios empresarios, que sepan cómo utilizar este recurso y cuándo. Puedo poner como ejemplo el caso de Cataluña donde los jueces tienen un alto conocimiento de su economía y de las características del tejido empresarial y cuentan con unos criterios de actuación comunes. La declaración de concurso nunca sobrepasa los 20 días y los jueces se muestran totalmente accesibles a los abogados agilizando mucho más todo el proceso y evitando el menor número posible de empresas quebradas.

¿Qué espacios de mejora cree que tiene?

Sería una buena ocasión aprovechar la reforma que tienen pendiente para reforzar la independencia del administrador concursal, garantizar su calidad, exigir plena transparencia y reivindicar  la profesionalización de la figura del administrador concursal. En situaciones como la actual, con un volumen de concursos tan alto, estas necesidades se hacen más perentorias.

Su país natal, Alemania, se toma frecuentemente de referencia para aspectos legislativos. En lo concursal, ¿de qué puntos deberíamos tomar ejemplo?

A grandes rasgos, el sistema concursal alemán se asienta sobre tres principios: pagar a los acreedores, evitar la liquidación separada y salvar la empresa y para ello trabajan todos los agentes implicados en el concurso.

En cuanto al administrador concursal, en Alemania está más profesionalizado que en España. En Alemania se le valora en función de ciertos certificados de calidad y se le exige un curso que le habilite para ejercer la profesión. Además, una diferencia entre la ley concursal española y la alemana es el tratamiento de los créditos salariales. La Ley Concursal española debería establecer un límite en la cuantía de las indemnizaciones que los trabajadores pueden recibir de patrimonio del concurso, que en el caso de Alemania es una tercera parte del activo concursal.

En Alemania, además, se potencia el concurso provisional. El éxito de este sistema se debe a la existencia de un seguro de tres meses que asegura el salario de los trabajadores durante ese tiempo. El 0,05% de los gastos salariales se quitan de la nómina y entran a formar parte de un fondo gestionado por la Administración del Estado. El seguro está limitado a un salario de 5.055 euros y su finalidad es cubrir las necesidades básicas del trabajador. Los empleados tienen entre 1 y 24 meses para recuperar su salario normal y el empresario lo puede limitar al 50%. Este sistema es, desde mi punto de vista, totalmente extrapolable a España.

Otro aspecto favorable del sistema en Alemania es el número de jueces en el alto tribunal dedicados a materia civil, 80 magistrados, mientras que en España me consta que la cifra es muy inferior. La diferencia se registra en el tiempo de resolución de los concursos, en Alemania dos años y en España una media de cinco años.

¿Cree que después de esta crisis deberían cambiar más leyes que la concursal?

Desde el punto de vista ético es necesario un compromiso con la transparencia y el buen gobierno. Hacer de eso una ley no sé si es la medida, quizás sea más un compromiso ontológico o en la práctica a través de un mercado que dé la espalda al oportunismo o la búsqueda de rentabilidad económica sin rentabilidad social.

¿Cómo valora el papel que tiene el administrador concursal?

El administrador concursal es el eje del proceso aunque normativamente, para el conjunto europeo, hace falta una mejor regulación de su figura como ya he comentado anteriormente.

La labor del administrador concursal no basta con cumplir lo que dicta la Ley Concursal, sino que además tienen que estar implicadas todas las partes. El administrador tiene que determinar la viabilidad de la empresa, si se puede llegar a un acuerdo con los acreedores para reflotar la empresa o ésta va a liquidación. Además, es el encargado de revisar y autorizar las decisiones de gestión que lleve a cabo el empresario o encargarse él mismo si el empresario tiene suspendidas sus funciones, por lo que el administrador concursal tiene que tener conocimientos tanto del procedimiento concursal, como de contabilidad, reestructuración, derecho laboral, fiscal, etc.

Cabe destacar también, que cada vez son más las empresas que entran a concurso que tienen actividad internacional, lo que requiere el conocimiento de idiomas y una buena infraestructura del despacho con red en otros países. En este caso, Pluta Abogados se encuentra en una posición privilegiada.

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