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14/06/2025. 18:41:44
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Javier Segura Zariquiey, Decano del Colegio de Procuradores de Barcelona

«Trabajamos de manera constante para estar a la vanguardia y salvaguardar la seguridad jurídica y digital de los procedimientos»

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  • “Quien acude a los Tribunales en defensa de sus intereses, lo hace bajo la expectativa de que sus pretensiones van a ser atendidas con las debidas garantías, pero también en un tiempo razonable”
  • “Los procuradores estamos habituados al manejo de las nuevas tecnologías al servicio de la Administración de Justicia y trabajamos constantemente para estar a la vanguardia y salvaguardar la seguridad jurídica y digital de los procedimientos”

Javier Segura Zariquey es Procurador de los Tribunales en ejercicio con despacho propio desde enero de 1995 y fundador de la firma de procuradores en Barcelona Segura Procuradores SLP, con oficinas abiertas en Barcelona y Girona y en Madrid, ejerciendo desde 2013 e integrado en la firma Montero&Segura desde 2016, prestando desde todos ellos sus servicios de procurador de los tribunales, y atendiendo las necesidades de clientes y profesionales de la abogacía ante los Juzgados y Tribunales de todo el territorio nacional. 

Actualmente y desde que recibiera la confianza de las personas colegiadas en los comicios celebrados el 8 de junio de 2023, es el Decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona, y President del Consell de Procuradors dels Tribunals de Catalunya, habiendo desempeñado diversas responsabilidades en anteriores Juntas de Gobierno, desde junio de 2003 hasta marzo de 2007, como Vocal y Tesorero.

Convencido de la importancia de su profesión en el engranaje judicial de este país, y de visibilizar la Procura ante la ciudadanía, y de su trascedente aportación social, apoya su labor profesional e institucional en los valores de la eficacia en la gestión, la proximidad en el trato con sus colegiados, y la proactividad en sus acciones en PRO de una profesión, que ya desde el derecho romano, fue imprescindible para representar a los ciudadanos delante de los Tribunales de justicia.

1.- Hace apenas un año, concretamente el 28 de junio de 2023, tomaba posesión como Decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona. ¿Cómo ha sido este primer año de mandato?

Tomando como premisa mi vocación de servicio, la verdad es que ha sido un año en el que hemos combinado intensidad, emoción y dedicación a una profesión que, como todas las del ámbito jurídico, resulta exigente por varios motivos. Sobre todo, por la proyección social que los servicios legales tienen sobre el conjunto de la ciudadanía, que espera de la Administración de Justicia y de la labor de sus operadores, ver reconocidos sus derechos de manera efectiva. Es decir, quien acude a los Tribunales en defensa de sus intereses, lo hace bajo la expectativa de que sus pretensiones se van a ser atendidas por supuesto con las debidas garantías, pero también en un tiempo razonable.

Y es ahí donde reside otra de las grandes razones de dicha exigencia, pues si bien la seguridad jurídica es un elemento asentado en nuestra práctica procesal, la agilidad y la eficacia en la tramitación de los procedimientos judiciales es algo en lo que todos los operadores, tanto públicos como privados, coincidimos en que debe mejorar.

Por eso, al asumir la responsabilidad de los cargos que componen la Junta de Gobierno, lo hicimos con la pretensión de poner la Institución al servicio de nuestros colegiados y de seguir trabajando en la misión que nos define como coadyuvantes de la Administración de Justicia, realizando diversas propuestas de mejora y trasladando numerosas enmiendas a los grupos políticos sobre muy distintos temas de interés jurídico y social.

2.- ¿Cuáles son, a su parecer, las principales disfunciones o elementos a mejorar de la Administración de Justicia? ¿Y cuáles son las aportaciones que los profesionales de la Procura podrían realizar al respecto?

Por todos es compartido la necesidad de una mayor dotación presupuestaria y de recursos, tanto materiales como humanos, además de una mejor organización de los ya existentes. No resulta infrecuente acudir a Juzgados donde las secciones se encuentran vacías, a la espera de que se resuelva la urgente necesidad de un refuerzo o la cobertura de una baja, que muchas veces suele ser de larga duración o indefinida. Y mientras tanto, los procedimientos se van acumulando, agravando las cargas de trabajo de los juzgados, que desde hace años superan los módulos previstos por el CGPJ.

Por ejemplo, en el ámbito civil el volumen de las ejecuciones pendientes al finalizar el ejercicio 2023 superaron los 2,2 millones de procedimientos. Y es precisamente en este ámbito donde la Procura puede contribuir a descongestionar los Juzgados y en el que proponemos asumir nuevas funciones para agilizar la ejecución de las sentencias y resoluciones judiciales, bajo el paraguas de una habilitación legal y siempre bajo la supervisión de los Letrados de la Administración de Justicia.

3.- Sobre la posibilidad de una mayor intervención en los procedimientos de ejecución por parte de los profesionales de la Procura, hay quienes se han mostrado algo escépticos, especialmente los Letrados de la Administración de Justicia. ¿Qué comentario quisiera hacer al respecto?

Es lógico que las posibles novedades y reformas de carácter procesal susciten el debate entre todos los operadores jurídicos. Especialmente cuando se tratan de temas tan complejos y trascendentales como es la asunción de nuevas funciones en el procedimiento. En cualquier caso, se trata de un debate sano y que debe producirse, precisamente para enriquecer las soluciones que se propongan por parte del legislador. Los procuradores queremos ser el estrecho colaborador de los laj’s, ayudar al desatasco monumental que sufren todos nuestros órganos judiciales,  y para hacerlo realidad, esta Junta de Gobierno del ICPB hemos iniciado ya contactos con la Sala de Gobierno del TSJC para hacer realidad la necesidad de unas relaciones fluidas y periódicas, a través de comisiones mixtas de trabajo,  que permitan poner en valor nuestras respectivas capacidades, y como operadores jurídicos esenciales que somos, unos y otros, y desde sus respectivos ámbitos competenciales, lograr una Justicia eficaz y eficiente, tan demandada desde hace décadas.

A propósito de la asunción de una mayor intervención en los procedimientos de ejecución, la función de los profesionales de la Procura, según nuestro Estatuto, es la de desempeñar cuantas funciones y competencias nos sean atribuidas por las leyes procesales, en aras de una mejor tutela judicial efectiva y, por tanto, para un mayor beneficio tanto de la Administración de Justicia como del justiciable.

Por otro lado, con anterioridad ya asumimos nuevas competencias en materia de traslado de copias y en la realización de actos de comunicación, además de haber cooperado con la implementación de las nuevas tecnologías al servicio de la Administración de Justicia.

4.- Respecto a las nuevas tecnologías, una de las mayores preocupaciones que surgen en su implementación es precisamente la que se relaciona con la llamada brecha digital. En el caso de la Administración de Justicia ¿Podría la Procura contribuir a mitigar la misma?

Sí, sin duda alguna. No olvidemos que la actuación de los profesionales de la Procura se prevé como preceptiva en una tipología muy amplia de procedimientos, además de ser potestativa en el resto. Por lo que, en su relación con la Administración de Justicia, nuestro representado, el justiciable, tendría garantizada que esta se pudiera vertebrar a través de medios telemáticos. Algo que resulta especialmente interesante, cuanto no necesario, si contemplamos las numerosas medidas de eficiencia digital y procesal que se han implementado con la reforma operada por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

Por otro lado, además de garantizar esa relación digital, hay que tener en cuenta que los procuradores somos profesionales que estamos habituados al manejo de las nuevas tecnologías al servicio de la Administración de Justicia y que, desde siempre hemos trabajado, y trabajaremos, de manera constante para estar a la vanguardia y salvaguardar la seguridad jurídica y digital de los procedimientos. La información de los clientes y justiciables que pasa por nuestras manos y despachos se maneja en entornos seguros y confiables, pues una de nuestras máximas obligaciones pasa por garantizar el secreto profesional y el deber de guardar confidencialidad.

5.- Hablando de reformas, que afectan específicamente a vuestro colectivo, recientemente se ha aprobado el Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. ¿Qué opinión le merece esta norma que tan específicamente se refiere a los Procuradores?

Dicha reforma elimina los aranceles mínimos por entender que suponían una restricción no justificada contraria a la libre prestación de servicios comunitarios, y configura un sistema de tarifas máximas.

No obstante, y como hemos tenido oportunidad de pronunciarnos en alguna ocasión, nos preocupa que este nuevo planteamiento repercuta negativamente en la capacidad de negociación de algunos prestadores y que facilite la proliferación de ciertas prácticas poco ortodoxas y en detrimento de la calidad de los servicios que merecen los consumidores.

Por supuesto abogamos por la competitividad y la excelencia en la prestación de nuestros servicios. Y precisamente por eso entendemos que las reformas que se hagan deben ir precedidas de un consenso y una reflexión profunda de todos los operadores jurídicos. 

6.- Respecto a la proyección social de las profesiones jurídicas y especialmente de la Procura, a la que antes hacía referencia, recientemente los juristas catalanes, desde distintos perfiles profesionales, se mostraban muy críticos con la Ley de Vivienda. ¿El derecho a la vivienda está garantizado en nuestro país?

Respuesta. El acceso a una vivienda digna y adecuada es un derecho cuya efectividad deben procurar las administraciones públicas. Y deben hacerlo a través de una política que regule y contemple la problemática en su integridad, escuchando a los sectores profesionales expertos a la hora de elaborar las leyes, para evitar que una norma se promulgue como un parche de la anterior provocando un auténtico laberinto jurídico, que perjudica tanto a propietarios como a personas en situación de vulnerabilidad.

Por otro lado, no son los propietarios, que legítimamente ostentan un derecho real de propiedad sobre un bien inmueble, quienes tienen que procurar una alternativa habitacional a aquellos que han optado por acceder y detentar una vivienda de manera ilegítima, o aquellos que de manera sobrevenida se han visto en dificultades para poder seguir pagando el alquiler. Si no que son las administraciones públicas las que deben invertir en vivienda social para acercarse a los niveles de la Unión Europea en este ámbito. Se trata, en definitiva, de combinar la garantía del derecho a una vivienda digna con la tutela judicial efectiva de la propiedad cuando ésta se ve perturbada en cualquiera de sus formas.

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