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19/04/2024. 06:53:48

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Abogadas en el despacho

Iolanda Guiu, socia de Barton Consultants

Todos sabemos que el mundo de los negocios es masculino. El mundo profesional también.

A pesar de que hay mujeres en cargos directivos, las estadísticas nos dicen que solo entorno al 24 % de los directivos son mujeres.

En cambio, los porcentajes universitarios no se parecen en nada al dato anterior: el 57 % de los estudiantes universitarios son mujeres. Así pues, cabría concluir que, a más preparación y conocimiento, más oportunidad de ocupar cargos de responsabilidad en las empresas y, obviamente, en los despachos.

Veamos qué ocurre en el mundo de la abogacía:

Si bien es cierto, según datos del Consejo General de la Abogacía Española, que el número de abogados ejercientes hombres (56%) sigue siendo superior al de mujeres (44 %), solo el 20 % de las mujeres son socias de un despacho de abogados, aunque en algunos de ellos el número de abogadas ejerciente es mayor que el de hombres. En cuanto a directoras de despacho, no hemos encontrado datos, pero podemos extrapolar lo anterior a los cargos directivos, es decir, en despachos mixtos, los socios directores son hombres, por lo general.

Este escenario lo encontramos tanto a nivel nacional como internacional. Estamos ante el famoso techo de cristal.

Una conocida me comentaba que, cuando se supo en el despacho que estaba embarazada, se le empezaron a asignar casos menores y que ante su protesta por esta circunstancia, la respuesta fue: “¿Qué esperabas? Has frenado tu carrera solita. Las mamás no pueden ser abogadas solventes y menos directivas. Tenéis demasiadas visitas al pediatra y demasiadas reuniones en el colegio.”

Esta, señoras y señores, es la realidad con la que conviven muchas profesionales que se ven en la tesitura de tener que elegir entre carrera profesional y vida personal, o mejor dicho, maternidad.

La maternidad es una “desgracia” para la vida profesional. Nuestra condición biológica nos penaliza y reduce nuestra valía como profesionales.

Hace menos de un siglo, las mujeres aún tenían como función principal cuidar de la familia y procrear. Pero pagaban un alto precio: no tenían derecho casi ni a pensar o a tener opinión propia. La mujer que se empeñaba en ser profesional o a cursar estudios superiores era criticada y considerada “poco femenina”.

Hoy, podemos estudiar y ejercer una profesión, pero no podemos olvidar las obligaciones de nuestra condición.

Además, la explicación a las cifras mencionadas, no solo radica en la maternidad (condición sexual y biológica de la mujer) sino que se extiende a algo tan superficial como el género. Es decir, ser simplemente un sujeto femenino (sin considerar posibilidad de maternidad, etc.) nos hace menos valiosas.

Seguramente, cuando muchos hombres lean este artículo, opinarán que no es así. A ellos les pregunto entonces: ¿por qué, pues, el número de socias de despacho es tan bajo? ¿por qué es tan poco común ver directoras en despachos mixtos (sí las hay en despachos formados únicamente por mujeres, obviamente) o decanas en colegios profesionales?

¿Qué ocurre con los aspectos retributivos?

Siguiendo en la línea de todo lo descrito, es habitual que las mujeres estén, también, peor retribuidas que los hombres. Si bien es cierto que este aspecto ha ido evolucionando hacia una mayor igualdad, todavía sigue habiendo casos de discriminación salarial.

Lo que sí supone una verdadera “discriminación salarial” es el hecho de que las mujeres no ocupen cargos de responsabilidad en tan alto porcentaje como los hombres. Como es obvio, a más responsabilidad, mayor retribución. Así pues, si una mujer no ocupa cargo de responsabilidad, está igualmente discriminada salarialmente.

En virtud de la Ley de Igualdad de 2020, el 14 de abril de 2021, se puso en vigor el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que pretende garantizar que no exista discriminación salarial entre ambos.  Aun así, deberemos esperar algún tiempo a que lo que este decreto exige sea aplicado de manera general. En los despachos, teniendo en cuenta la peculiaridad de su entramado organizativo, será difícil comprobar que este mandato legal se lleva a cabo de manera rigurosa.

Lo que es realmente grave es que, en pleno siglo XXI, se haya tenido que promulgar una ley para que la mitad de personas de nuestra sociedad tenga, sobre el papel, los mismos derechos que la otra mitad.

Después de este análisis, lo que nos deberíamos plantear, es qué hay detrás de todo esto. ¿Cuál es la razón que motiva que aún ahora persista dicha situación? Les invito a pensar en ello.

En conclusión, podemos afirmar una vez más, que las abogadas tienen una ardua tarea por delante para que su valía sea reconocida y puedan, como merecen, ocupar puestos de responsabilidad y protagonizar casos de éxito.

A ellas se dirige la reflexión final de este artículo: Abogadas, sean exigentes con sus derechos. Únanse para obtener la fuerza suficiente para que el hecho de que una mujer sea directora, decana o profesional reconocida, deje de ser noticia en los periódicos. No sean una anécdota, sean una realidad.

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