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29/03/2024. 14:01:54

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Conciliación, utopía o realidad

Ana Belén Spínola Pérez. Manager de ECIJA

Mucho se habla de la conciliación y de la necesidad de que equilibremos vida laboral y vida familiar, o simplemente vida al margen del trabajo -incluso por salud metal-, pero ¿qué se hace?, ¿qué hacemos para poder conseguir la tan ansiada conciliación? Poco.

Y es que precisamente uno de los grandes inconvenientes de esta profesión es, en concreto, la enorme dificultad para hacer compatibles nuestras vidas, la familiar y la laboral. Es la nuestra, una profesión absorbente al 100%, especialmente para los que nos dedicamos a hacer demandas y querellas, los abogados de toga.

Las nuevas generaciones llegan pidiendo más, y eso es estupendo, pues no ciñen la lucha por la conciliación a compaginar vida profesional con tener hijos, sino que entienden que es mucho más que eso. La posibilidad de conciliar debe incluir el cuidado de personas dependientes (padres y madres mayores, etc.) y algo muy importante, lo entienden como un derecho a dedicarse tiempo a ellos mismos. Tener y dedicar tiempo para hacer las cosas que nos gustan, tiempo para el ocio.

Todos los abogados tratamos de hacer malabares para llegar a los plazos, los juicios, las demandas, las querellas, sin perder la vida y sin perdernos a nuestras familias, pero al ser una profesión que requiere tanta dedicación es una labor complicada, y más sin ayudas, por lo que es necesario seguir luchando cada día por mejorar esta situación.

En mi opinión, hay muchas cosas que se podrían hacer mejor, pero como puntos claramente viables y realizables en el corto plazo, y que no dependan exclusivamente del profesional que debe también saber gestionar su tiempo, pondríamos hablar de tres, (i) el teletrabajo, (ii) la relación telemática con la administración de justicia y (iii) el derecho a suspender plazos y vistas en caso de fallecimiento de familiar cercano o enfermedad grave o en caso de fecha próxima de parto o cuando hemos dado a luz.

(i).- El teletrabajo es una herramienta que, bien utilizada, puede facilitar la conciliación familiar. Y digo bien utilizada, porque mal utilizada se puede convertir o en una suerte de esclavitud -más de 9/10 horas conectados- o bien en una razón para eludir responsabilidades.

Tengo muy claro que el teletrabajo es necesario para la conciliación, siempre y cuando la persona que hace uso de él sea responsable con sus obligaciones. Pero también requiere una apuesta, especialmente, por parte de las grandes empresas, de los grandes despachos a favor de esta forma de trabajo, cuanto menos de manera flexible e intermitente.

Sin duda, es necesario en ocasiones estar presencialmente en el despacho, comentar con tus compañeros para que se creen las sinergias adecuadas, compartir opiniones y conocimiento, atender a los clientes que demanden reuniones presenciales, pero siempre combinándolo con días de teletrabajo, que permitan conciliar mejor la vida familiar. Y es posible.

Pero para hacerlo posible, los despachos, grandes y pequeños, tienen que entender que no es necesario que los abogados estemos de cuerpo presente en el despacho. Especialmente cuando eres madre si quieres cuidar de tu hijo, sin renunciar a trabajar, la única manera de hacerlo es teletrabajando. Yo así lo hice y lo conseguí, gracias también al apoyo del que era mi socio en ese momento Juan Aguirre Alonso, que ya abogaba por el teletrabajo responsable hace muchos años.

El teletrabajo, que para muchos llegó con la pandemia, ya facilitaba la conciliación hace años, pero este paso aún no se ha querido dar por la mayoría de los despachos, que sorprendentemente para mí, han vuelto a la presencialidad al 100%.

Mi experiencia personal, ha sido muy buena. En ECIJA, el despacho en que trabajo actualmente, se apuesta por el teletrabajo apelando a la responsabilidad de cada uno de los abogados. Nos organizamos para coincidir con las personas con las que trabajamos y para atender a los clientes, y teletrabajamos cuando tenemos necesidad u oportunidad -que no siempre se puede- y me parece el sistema ideal para conciliar.

(ii).- Otra de las cosas que nos podría ayudar a conciliar es la forma que tenemos de relacionarnos con la administración de justicia, que está cambiando pero no al paso que debería hacerlo una administración tan importante y determinante en nuestro maltratado Estado de Derecho.

Se habla constantemente de la digitalización de la justicia y del papel 0, pero esto sí que es una utopía hoy en día. Nos encontramos con juzgados llenos de expedientes físicos apilados de suelo a techo. En necesario la inversión en la digitalización real de la justicia, con un programa informático seguro y eficaz que nos permita a los operadores jurídicos interactuar telemáticamente con los juzgados y que la herramienta funcione. Parece una obviedad, pero es una necesidad real el hecho de que funcione, quizás el ejemplo más claro de digitalización eficiente sea la administración tributaria. Con lo que, es evidente que, contando con los medios adecuados se puede digitalizar la administración de justicia.

Inversión en medios e inversión en formación a los funcionarios. Pues no son pocas las ocasiones que nos encontramos con que los juzgados tienen algunos medios, pero los funcionarios no saben utilizarlos. Tras la pandemia esto debería ser ya una realidad, pero no ha sido así.

Tras el parón judicial decretado como consecuencia del COVID 19, prácticamente todas las actuaciones se llevaban a cabo por videoconferencia, y algunas de ellas se deberían seguir celebrando así. Cierto es que los juicios, especialmente en la jurisdicción penal, pierden una parte de la inmediatez y de percepción del lenguaje no verbal, tan importante como la propia declaración del testigo, procesado o perito, por lo que no todo se debe digitalizar si queremos garantizar los derechos de los justiciables.

Lo ideal sería acotar la celebración telemática a las actuaciones de mero trámite procesal, o la actuación sin una entidad en la que la presencia sea una parte importante, para así acercar la administración de justicia a la digitalización, lo cual supondría su agilización, su modernización y una considerable mejora en la conciliación de los profesionales que interactuamos con ella.

(iii).- Otro punto que me parece del todo necesario es que los abogados tengamos la posibilidad objetiva, y con objetiva me refiero a que no dependa exclusivamente del juez, de suspender plazos y por supuestos vistas o actuaciones judiciales, en situaciones graves como fallecimiento de familiares o accidentes, enfermedad grave de familiares directos o situaciones similares.

No hay posibilidad para el abogado de suspender un plazo en caso de que, por ejemplo, su padre o su madre fallezca. Los abogados somos personas con nuestro corazoncito y todo -aunque parezca mentira- y no estamos en esos momentos para poder desarrollar nuestro trabajo en condiciones óptimas, ni siquiera para hacer un escrito de mero trámite. En esos momentos los abogados que trabajan solos o en pequeños despachos no tienen a nadie en quién apoyarse y no tienen salida.

Igual nos pasa a las mujeres cuando estamos embarazadas, salvo que estés de baja, -si eres autónomo eso es ciencia ficción- igual rompes aguas en el juzgado, porque el juez o la jueza de turno, no tiene a bien suspenderte una vista que tienes en tu semana 40, o en tu fecha de salida de cuentas. Los plazos en las bajas de maternidad tampoco se interrumpen, y algunas vistas tampoco, yo he visto a compañeras con el carrito y el bebé en el juzgado, con lo cual la discriminación con respecto a otros trabajadores en tangible.

Estas pequeñas cosas, ayudarían a conseguir que nuestra vida personal no quedara al margen de una vida laboral tan exigente, demandante y sacrificada como la del abogado. Eso, unido al uso racional y responsable del teletrabajo, la toma de medidas por parte de los grandes despachos y una mayor y mejor relación telemática con la administración de justicia serviría para dar pasos tangibles en el camino hacia ese tan buscado equilibrio: esa conciliación que también los abogados, y nuestras familias, tanto necesitamos.


[1] https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2022/120422-rp-cministros.aspx

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