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19/04/2024. 01:48:53

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El Derecho Laboral y la igualdad efectiva entre hombres y mujeres

Ana Isabel Pérez Hernández. Responsable Relaciones Laborales España NTT DATA SPAIN

Desde hace ya más de veinte años soy abogada laboralista por vocación. Mi experiencia profesional se ha desarrollado durante largo tiempo en despachos especializados en esta materia, y, actualmente, como responsable de relaciones laborales en empresa, compatibilizando mi labor como abogada con la docencia universitaria en Derecho del Trabajo.

Al reflexionar sobre mi aportación como jurista a esta rica y poliédrica iniciativa de Mujeres por Derecho, lo que más ha resonado en mí es la importancia que el Derecho Laboral ha tenido y tiene como impulsor en la ardua tarea de hacer efectivo en nuestra sociedad, a través del ámbito laboral, el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres. Pero es una tarea aún inacabada, y que lleva un proceso a fuego lento.

En este sentido, si bien la igualdad formal ante la ley está consagrada en nuestro Ordenamiento Jurídico Laboral desde el siglo pasado, por el momento no hemos alcanzado, ni mucho menos, la igualdad material en cuestiones esenciales del contrato de trabajo.

Por ejemplo, pensemos en la igualdad retributiva entre hombres y mujeres. En el primer Estatuto de los Trabajadores de la democracia, el de 1980, ya se recogía con una redacción impecable, y de forma expresa, la igualdad de remuneración y no discriminación por razón de sexo en materia salarial. Sin embargo, como es sabido, todavía hoy es una asignatura pendiente, lo que ha obligado a que hayan tenido que impulsarse a nivel legislativo distintas medidas de índole laboral para superar ese obstáculo y crear conciencia social al respecto desde una dialéctica constructiva. Entre otras, los planes de igualdad, las auditorías retributivas y los registros salariales, que tienen ahora un lugar predominante en el quehacer diario de los iuslaboralistas, y que sin duda pueden ser mejorables en muchos de sus componentes y aspectos prácticos, pero que han obligado a que la igualdad efectiva sea una de las prioridades en la agenda de las relaciones laborales que nos ocupan.   

Esto pone de manifiesto que la función social del Derecho como motor del cambio es necesaria e indispensable para intentar nivelar por la vía normativa situaciones de desequilibrio por razón de sexo, que, sin esa imposición legal, ni siquiera se abordarían, pero que poco a poco, sin prisa, pero sin pausa, van calando en la sociedad, en el entorno laboral y en la jurisprudencia social, cuya evolución en esta materia está siendo crucial de unos años a esta parte.

Cuando tengo la oportunidad de debatir con compañeros y compañeras más jóvenes esta cuestión de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres desde la perspectiva laboralista, se sorprenden y muestran estupor sobre cuestiones de discriminación directa históricas, pero muy recientes, que hoy en gran medida están bastantes superadas en igualdad de género respecto al acceso al empleo, el desarrollo profesional, la conciliación, la corresponsabilidad y la protección social, etc. Entonces es cuando toman conciencia del sacrificio e impacto en la vida personal y profesional que ha supuesto para muchas profesionales el camino recorrido, y cómo hemos tenido que afrontarlo día a día con serias dificultades y grandes dosis de resilencia, sobre todo, por las obvias circunstancias de desventaja por razón de sexo en la que hemos tenido que desenvolvernos. Y durante mucho tiempo eso se ha vivido en un silencio clamoroso por un contexto social y laboral adverso. No obstante, tenemos que seguir alerta y continuar trabajando para no permitir aquellas situaciones en que se sigue produciendo discriminación a la mujer en el ámbito laboral, si bien en estos tiempos tales conductas se producen en un formato más sutil o de modo menos flagrante, y a veces pueden no ser tan llamativas, pero sí vulneradoras del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación.  

A mí, sin embargo, y a pesar de todo, lo que me surge es una plegaria de agradecimiento ante dicha sorpresa de las nuevas generaciones de laboralistas, porque eso constata que en gran medida tienen interiorizada la igualdad efectiva como algo natural, y que les origina una reacción prácticamente automática contra la discriminación.  Eso sí que es un gran paso y un verdadero logro, sin perjuicio de que tengamos que seguir invirtiendo esfuerzos y recursos, sobre todo en formación, para seguir avanzando en este reto.

Queda camino por recorrer y obstáculos por remover para que la igualdad efectiva lo sea en plenitud en el ámbito de las relaciones laborales, y sigue requiriendo de nuestro compromiso como profesionales que trabajamos por la Justicia para que ello se posibilite, sobre todo respecto de los colectivos más vulnerables y de los sectores de actividad más precarizados, en los que las medidas laborales  efectivas en pro de la igualdad efectiva, en contra de lo deseable, habitualmente llegan con cierto retraso.

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