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26/04/2024. 18:11:24

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La mujer y su relevancia en el turno de oficio

Ruth Arroyo Jiménez. Abogada Prof. Ext. de Derecho Penal (UAM)

El Consejo General de la Abogacía Española, apostó por la consecución de la igualdad de género en el ámbito de la abogacía. El pleno reconocimiento formal ante la ley se completó con la aprobación del Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

En lo que respecta al turno de oficio la conquista hacia la igualdad prosigue su camino con un 48% de mujeres que forman parte de este. La presencia femenina asciende en todos los servicios, y especialmente en la asistencia a la víctima de violencia de género, turno especial, en el que el número de mujeres adscritas supera con creces al de hombres. Estas cifras, confirman el importante papel que desarrollamos las abogadas, sin dejar de lado a los abogados, en algo tan importante como la defensa de los intereses de las víctimas de violencia de género.

Por suerte en el turno de oficio no existen techos de cristal. Para acceder hay que cumplir una serie de requisitos objetivos, establecidos en el artículo 1, de las Normas Reguladoras Turno de Oficio, Aprobadas por la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, el 28 de octubre de 2014, que son iguales con independencia del género.

Durante las guardias, estamos localizados en nuestro teléfono y a disposición del Colegio de Abogados de Madrid, para realizar las asistencias que precisen, a cualquier hora del día. En la guardia te asignan víctimas que necesitan asesoramiento jurídico integral, e inicias de manera inmediata cuantas acciones procedan de orden civil, penal, contencioso administrativo y social, para proteger a la víctima. Estas medidas, recogidas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, garantizan el derecho de la víctima a recibir plena información y asesoramiento jurídico, lo que nos permite dar una mejor respuesta frente a esta lacra social. Durante la tramitación del procedimiento, te conviertes además de abogada, en un apoyo moral, que empatizas con la situación delicada que tiene tu clienta e intentas brindarle una asistencia completa. En el turno de oficio, el letrado designado en el proceso de violencia de género también asume la dirección letrada del proceso civil si existen hijos comunes, lo que nos permite tener un conocimiento más amplio de las circunstancias familiares que tiene la víctima en cuestión. 

En cuanto al perfil de la víctima de violencia de género, la experiencia, me ha demostrado que las mujeres especialmente vulnerables y que han sido objeto de maltrato por un hombre, se sienten más seguras, entendidas y defendidas por profesionales de su mismo género. A pesar de que el turno de oficio está integrado por excelentes compañeros.

Como conclusión puedo decir que en el desempeño de mi trabajo y más concretamente como abogada del turno de oficio, nunca me he sentido discriminada por razón de sexo, ni por el personal de la administración de justicia ni por los distintos profesionales que me cruzo durante los procedimientos. El turno de oficio tiene mucho de altruismo, vocación y profesionalidad, pilares que unen a los compañeros que lo componemos por encima del género. La paridad que existe en el número de miembros es la mejor prueba de que en la abogacía, si podemos gestionar nuestro tiempo para conciliar la vida laboral y familiar, estamos preparadas para cumplir con nuestras obligaciones profesionales exactamente con el mismo nivel de competencia que cualquier compañero. Debemos seguir trabajando, para que nuestra presencia siga aumentando en todos los ámbitos del derecho.    

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