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29/03/2024. 01:24:45

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A partir de octubre se publicará en el BOE el primer extracto de sentencias por delito fiscal

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Desde octubre de este mismo año comenzará la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las primeras sentencias condenatorias por delitos contra la Hacienda Pública, de insolvencia punible relacionada con materia de impuestos y de delitos de contrabando, en virtud de la reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial recién aprobada por el Ejecutivo. Las sentencias no se harán públicas en su integridad, sino a través de un extracto de su texto que permita cumplir con el objetivo de aumento de eficacia de la inspección fiscal que persigue la norma, a la vez que respetar los derechos fundamentales y la protección de datos.

Soraya Sáenz de Santamaría y Fátima Báñez

La reunión del Ejecutivo celebrada el viernes aprobó remitir a las Cortes Generales el Proyecto de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que añade el artículo que regula el acceso y publicidad parcial de las sentencias dictadas en materia de fraude a la Hacienda Pública. Los secretarios judiciales serán los encargados de ordenar la publicación de los datos relevantes de las sentencias firmes en materia fiscal afectados por esta ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La primera lista de deudores con Hacienda será publicada durante el cuarto trimestre de este mismo año e incluirá a los contribuyentes que, a fecha del 31 de julio de 2015, estén dentro de los límites de la norma cuyo texto final se aprobó por el Ejecutivo, a la espera de las posibles modificaciones que pueda sufrir en las Cámaras. 

Tal y como resumió la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, "se autoriza la publicación de la lista de contribuyentes con deudas y sanciones tributarias pendientes de ingreso superiores a un millón de euros que no hayan sido pagadas transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario". El objeto de la norma son las sentencias de carácter condenatorio por delitos contra la Hacienda Pública, de insolvencia punible y delitos de contrabando, en los casos en que resulte perjudicado el erario público. No podrán publicarse fallos contra los que se pueda recurrir: sólo se dará publicidad a las resoluciones judiciales firmes, y su publicación será únicamente parcial, de aquellos aspectos necesarios para el cumplimiento de la finalidad buscada con la ley, en el marco del respeto a los derechos fundamentales, así como de la protección de datos de carácter personal. No aparecerán los datos de otras personas que, aunque hayan participado en el proceso, no sean condenadas en el mismo.

La tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley será a través del procedimiento de urgencia, tal y como se solicitó por el propio Gobierno.

El pago previo a la sentencia evita la publicación

El Gobierno no busca someter al defraudador fiscal a un castigo que se añada a la pena impuesta en la sentencia. Busca, sin embargo, alcanzar más eficacia y transparencia en la acción inspectora y recaudadora de la Hacienda Pública, de tal manera que la ciudadanía sepa que sus datos estarán a disposición del público en caso de que incumpla con sus obligaciones fiscales y sea condenado por ello. La norma es, por lo tanto, de carácter procesal y no sancionador.

El Proyecto de Ley fue sometido a los informes preceptivos y no vinculantes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal, a la vista de los cuales se introdujeron modificaciones relevantes, como la posibilidad de que el condenado evite la publicación del fallo si, antes de que la sentencia sea firme, paga la cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública.

La norma aproxima nuestro Derecho a la normativa de otros países de nuestro entorno, que tienen en vigor legislación similar.

Complemento a la lista de morosos

El Proyecto de Ley aprobado por el Consejo de Ministros complementa la publicación de la lista de deudores a Hacienda que fue introducida en el Proyecto de Ley de reforma de la Ley General Tributaria, actualmente en trámite parlamentario y por la que será pública la lista de personas y empresas que tengan deudas y sanciones pendientes con Hacienda que superen el millón de euros, y que no hayan sido pagadas dentro del plazo de ingreso voluntario. Se exceptúan las deudas aplazadas o suspendidas.

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