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03/12/2024. 03:43:00
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Análisis laboral y fiscal de las últimas actuaciones inspectoras en el sector audiovisual

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En ECIJA ha tenido lugar el Desayuno sobre “Análisis laboral y fiscal de las últimas actuaciones inspectoras en el sector audiovisual”, que ha aglutinado a representantes de más de una treintena de entidades procedentes del sector audiovisual en nuestro país.

Imagen del desayuno sobre “Análisis laboral y fiscal de las últimas actuaciones inspectoras en el sector audiovisual”

Las labores inspectoras en el sector audiovisual pretenden modificar las actuaciones que se venían llevando a cabo tanto por las productoras televisivas y de publicidad, como por  las empresas y profesionales que intervienen en dicho sector, a base de regularizaciones y cuantiosas actas de infracción.

Por este motivo es importante disponer de protocolos de actuación tanto en el ámbito fiscal como en el laboral, precisamente para evitar las contingencias y riesgos derivados del incumplimiento o del cumplimiento defectuoso de la normativa vigente o de las interpretaciones que de ella haga la Inspección pública.

El nuevo criterio inspector en el ámbito de las relaciones contractuales es con carácter general, ver si se cumplen mínimamente los requisitos establecidos legal y jurisprudencialmente y, considerar la concurrencia de las notas de ajenidad y dependencia en la prestación de servicios para las productoras. Predominará por lo tanto la declaración de laboralidad, ya sea de carácter común o especial de artistas, frente a la mercantilidad que pasará a ocupar un lugar residual en los contratos de prestación de servicios.

En líneas generales se ha endurecido la aplicación de la normativa tanto legal como convencional en las relaciones laborales que se dan en el sector audiovisual, imperando la rigidez en materias de jornadas de trabajo, o imponiendo protocolos limitativos en la contratación de menores, colectivo de gran importancia en nuestras series y producciones cinematográficas. Igualmente se ha visto limitada la subcontratación de servicios profesionales en las producciones audiovisuales, afectando sin duda a empresas con solera en nuestro país como son las dedicadas, entre otras, a servicios de figuración.

En este sentido debemos iniciar o profundizar en nuestras empresas del sector audiovisual la planificación estratégica y establecer protocolos de actuación, dentro de los cuales los principales pasos a dar podrían identificarse con las respuestas a los siguientes interrogantes:

  • Mercantilidad de los contratos y subcontratación de servicios en el sector audiovisual. ¿Cuáles son los requisitos para optar entre un contrato mercantil o laboral? ¿Qué consecuencias tiene elegir una u otra modalidad de acuerdo con la última interpretación de la Inspección de Trabajo? ¿Cuando estamos ante una cesión ilegal de trabajadores?
  • Contratos temporales Vs. fijos-discontinuos. ¿En qué supuestos se puede contratar mediante obra o servicio y en cuáles mediante fijo-discontinuo? Consecuencias laborales y económicas que se derivan de cada de una de estas modalidades de contratación.
  • Contratación de menores y jornada de trabajo. ¿En qué condiciones se puede contratar con menores de edad en el sector audiovisual? ¿Cuál es la jornada máxima de trabajo y en qué condiciones se puede ampliar?

Desde el punto de vista fiscal, varios son los frentes abierto por la Agencia Tributa para regularizar situaciones en el sector audiovisual. Entre los más importantes y los que más problemas están suscitando, cabe destacar los siguientes:

  • Sociedades de artistas, presentadores, colaboradores, personal técnico cualificado. ¿Qué ocurre con estas sociedades si la Agencia entiende que no hay actividad de la misma? ¿Cómo está regularizando la Agencia Tributaría estas situaciones? ¿Cómo se está aplicando las operaciones vinculadas en estas regularizaciones?
  • Deducción por producciones cinematográficas en ficción. ¿Quién se considera productor de la obra? ¿Qué conceptos nos darán la condición de productor para la aplicación de la deducción?
  •  Contingencias en materia de retenciones ¿Qué ocurre con las retenciones no practicadas a las denominadas sociedades pantalla? ¿Qué contingencias tiene la productora por contratar con este tipo de empresa o con profesionales no habilitados?
  • Derechos de imagen. ¿Qué ocurre con la cesión de derechos de imagen? ¿Qué contingencias tiene la productora por no retener sobre los derechos de imagen? ¿Cómo se puede disminuir el riesgo fiscal por este tema?

En definitiva lo que se está llevando a cabo desde la Administraciones Públicas es hacer comprobaciones administrativas, que permitan corregir aquellas situaciones no acordes con la legislación fiscal y laboral, finalizando, en la mayoría de los casos, con importantes actas que originan unas cuantiosas cantidades a ingresar a las arcas públicas.

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