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29/03/2024. 07:11:56

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Ceuta y Melilla tendrán Institutos de Medicina Legal

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En el marco de las políticas de impulso a la medicina legal que se están desplegando a lo largo de la presente legislatura, como la creación del Instituto de Medicina Legal, la puesta en marcha del Consejo Médico Forense, o la implantación de la especialidad en medicina forense en el MIR; el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto que establece el ámbito territorial y material de los futuros Institutos de Medicina Legal de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, uno para cada ciudad. Se cumple así el artículo 479 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se prevé el establecimiento de los Institutos de Medicina Legal en sustitución del deficiente sistema de agrupaciones de forensías, por el que había un forense en cada sede juzgado.

Soraya Sáenz de Santamaría

Las ciudades de Ceuta y Melilla cambiarán en breve el vigente sistema en agrupación de forensías por los Institutos de Medicina Legal, uno en cada sede, que contarán con una estructura orgánica más sencilla que hará posible adaptarse tanto a su ámbito territorial como a los medios personales de que disponen, en virtud del Real Decreto aprobado el viernes 12 de junio. Se trata de un paso más en el impulso a la medicina legal por parte del Ministerio de Justicia. Previamente se han tomado medidas como la creación del Instituto de Medicina Legal o la puesta en marcha del Consejo Médico Forense. Asimismo, se ha implantado la especialidad en medicina forense en el examen de acceso a Médico Interno Residente (MIR).

Así, se establece el ámbito territorial y material de los futuros Institutos de Medicina Legal de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, en cumplimiento del artículo 479 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial. Dicho artículo establece que mediante real decreto se determinarán las normas generales de organización y funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal y de actuación de los médicos forenses, pudiendo el Ministerio de Justicia o el órgano competente de la comunidad autónoma dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones pertinentes para su desarrollo y aplicación. Se erradica el deficiente sistema de agrupaciones de forensías, en virtud del cual había un forense en cada sede juzgado.

De esta manera, los actuales forenses podrán organizarse y trabajar en un único equipo, uno para Ceuta y uno para Melilla, atendiendo establemente a sus respectivos juzgados. El articulado del Real Decreto también facilita la coordinación entre los dos centros y su colaboración con otros institutos, con el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y con las administraciones públicas en general.

Se prevé, además, la integración de las unidades de valoración forense integral, la elaboración y aplicación de protocolos, la unificación de criterios científicos, la coordinación del personal y su adecuada formación.

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