
Desde 2017, Hacienda llevaba a cabo un criterio restrictivo en lo referido a la compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto de Sociedades cuando se presentaba declaración fuera de plazo.
En contra del mismo, en fechas recientes se han pronunciado varios órganos judiciales que sí están a favor de se puedan compensar tales bases negativas, aun presentando la declaración extemporáneamente.