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24/04/2024. 18:25:35

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El Defensor del Pueblo tiene abiertos varios expedientes a la Administración de Justicia

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La oficina que dirige Mª Luisa Cava de Llano incrementó en 2011 sus recomendaciones, sugerencias y recordatorios de deberes legales a las distintas administraciones públicas, hasta alcanzar las 534 resoluciones, 86 más que en 2010. El numero de quejas individuales presentadas por los ciudadanos se mantuvo a niveles del registrado en 2010, si bien descendió el número de quejas colectivas. Las dilaciones indebidas continúan siendo uno de los más graves problemas de la Administración de Justicia: volvieron a protagonizar en 2011 numerosas quejas ciudadanas y, de hecho, el Defensor del Pueblo mantiene abiertas varias investigaciones sobre esta materia.

Gente por la calle

Los temas económicos son los que más siguen preocupando a los españoles: el paro, las prestaciones sociales, los problemas con entidades bancarias, el acceso a la vivienda, fueron algunos de los temas más recurrentes en las quejas de los ciudadanos.

Además, Cava de Llano, haciendo uso de la competencia de la Institución del Defensor del Pueblo como supervisora de la actividad de la Administración, ha recomendado al Ministerio de Justicia que estudie la posibilidad de  reformar el Código Penal para que se refuerce la respuesta del ordenamiento jurídico ante el uso irresponsable del dinero público por parte de autoridades y funcionarios.

En su escrito al Ministerio de Justicia, la Defensora abogó por que las "conductas particularmente graves tengan una específica respuesta penal". Una petición que justificó en el amplio reproche social que merecen este tipo de conductas y en el convencimiento de que el rigor en el tratamiento del uso de los fondos públicos "debe ser superior al el tratamiento del uso de los fondos privados por particulares". En opinión de Cava de Llano, la consecuencia jurídica más importante de estos comportamientos debería ser la inhabilitación para cargo o función pública. Sin embargo, la respuesta de Justicia, recibida a través del jefe de Gabinete y no del Ministro, a quien iba dirigida la recomendación, rechazó esta recomendación, aludiendo, entre otros motivos, que el despilfarro ya está suficientemente recogido por el Código Penal, mediante los artículos 432, 433 y 434, que castigan los delitos de malversación de caudales públicos. No obstante, en opinión de la oficina del Defensor del Pueblo, existen otros comportamientos ilícitos, no recogidos por el Código Penal y que son precisamente los que están produciendo en la práctica el despilfarro de dinero público.

En materia de asistencia jurídica gratuita, y tras conocer que la Abogacía del Estado estaba impugnando el reconocimiento de este derecho a extranjeros en situación irregular, se formuló una recomendación a la Secretaría de Estado de Justicia, para que todas las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita adecúen su actuación a las previsiones establecidas en la vigente normativa estatal y autonómica a la hora de reconocer el beneficio de asistencia jurídica gratuita. Además, se pidió que se contemple la posibilidad de buscar alternativas legales que permitan a este colectivo acreditar su situación de carencia de recursos económicos.

Por último, tras la intervención de la Defensoría, el Ministerio de Política Territorial confirmó que ha hecho llegar a todos los ayuntamientos una extensa nota informativa sobre cómo deben proceder en el caso de que soliciten empadronamiento padres o madres de menores que viven con un solo progenitor. Se ha hecho especial hincapié en la exigencia de la firma de ambos progenitores en la hoja padronal, o en su defecto, la aportación de una declaración responsable del que efectúa la inscripción. Con ello, se reforzarán las garantías que exigen a los ayuntamientos para efectuar el cambio de domicilio de un menor que viva con un solo progenitor, ante posibles riesgos de sustracción del menor por el otro cónyuge o terceras personas.

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