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28/03/2024. 15:36:49

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El fiscal solicita al juez que desestime la demanda de Telma Ortiz

EP

La titular del juzgado tiene cinco días hábiles, según marca la ley, para tomar una decisión sobre el proceso a través de un auto

El fiscal adscrito al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Toledo, Antonio Huélamo, ha considerado que la demanda de medidas cautelares solicitada por Telma Ortiz, hermana de la Princesa de Asturias, y su pareja Enrique Martín-Llop, «no debe ser estimada» ya que, «sin perjuicio de reconocer que el derecho a la vida privada, la intimidad y la imagen» de aquellas personas que ejerzan un cargo público o tengan notoriedad pública, hay que analizar caso por caso y, en este concreto, las imágenes ya se han difundido.

Fiscal solicita al Juez que desestime la demanda

En su alegato final en la vista oral que se celebró durante toda la jornada en los Juzgado de Toledo, Huélamo justificó así la ausencia de 'peligro de mora procesal' –uno de los requisitos de la adopción de medidas cautelares–, ya que, "si no hubiesen existido las imágenes aportadas podríamos decir que existe peligro de que se divulguen, pero las imágenes se han difundido" luego, en su opinión, "no existe ninguna necesidad de medida cautelar para salvaguardar una futura e hipotética sentencia estimatoria".

En cuanto a la 'apariencia de buen derecho' –otro de los requisitos–, el representante del Ministerio Público consideró que habría que ver las circunstancias y la casuística del caso concreto para valorar qué derecho prevalece viendo todas las pruebas, y aunque repasó variada jurisprudencia, citó también a un magistrado del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que señaló que "quien entra voluntariamente en la escena pública no puede pretender ser una persona con derecho al anonimato".

Finalmente y respecto a la 'caución' –último de los requisitos, que garantiza el pago de una cantidad de dinero determinada a los afectados por omisión, en este caso de las medidas cautelares por parte del demandante–, aseveró que la medida cautelar "tiene como techo los límites que el propio demandante fija", convencido de que "llevan razón los demandados en las alegaciones", ya que la medida cautelar "debe solicitarse bajo la responsabilidad de quien la solicita".

Durante su exposición, el representante del Ministerio Público explicó que el derecho a la imagen tiene una doble vertiente, personal o patrimonial, aunque detalló que una cosa es que una información sobre un personaje público sea de interés para el público general y otra "es que haya que satisfacer la curiosidad de un determinado ámbito de personas" sobre la vida de otras que tienen ese carácter público o notorio, confrontación que se soluciona "ateniéndose a las circunstancias del caso concreto".

También defendió que todas las personas tienen derecho a recibir información veraz, pero recordó que la Constitución recoge los límites al derecho a la información, tales como los derechos fundamentales, los que establecen las leyes que los desarrollan, la protección a la juventud y la infancia y el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen.

Sobre las 19.00 horas concluyó la vista en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3, cuya titular tiene ahora cinco días hábiles, según marca la ley, para tomar una decisión sobre el proceso, a través de un auto.

"SITUACIÓN CONSENTIDA".

Los alegatos de las partes que no pudieron intervenir en la jornada matinal siguieron la misma línea argumental que el resto de demandados, en el sentido de que la situación creada ha sido "consentida y aceptada" desde hace tiempo por parte de Telma Ortiz, y destacando la "temeridad" y "ligereza" que se ha tenido a la hora de interponer la demanda, que debe llevar "una gran condena en costas" porque no se han "hecho lo deberes", tal y como subrayó el abogado de 'Metro news'.

El abogado de Telma Ortiz y Enrique Martín-Llop, Fernando Garido, tras oir a los demandados, precisó que el nacimiento del hijo de la pareja no es la causa de la demanda, que también se refiere a los días posteriores al nacimiento.

En cuanto a las medidas cautelares, que según la ley también sirven para "impedir situaciones de futuro o ulteriores", recordó que "no se necesita una prueba rigurosa sino un mero indicio" para solicitarlas. "Que una sola revista publique una foto aunque sea pequeña es suficiente", argumentó.

Respecto a la demanda en sí, declaró que "está plenamente formulada con precisión y claridad" y se ha realizado en función de "todas aquellas personas de las que tenemos constancia" y evidencia de que "han captado o publicado o vendido o distribuido imágenes o instantáneas".

"Evidentemente que hay más, seguro", señaló el abogado, reconociendo la dificultad de "hacer acopio de toda la documentación", lo que ha motivado que la demanda se refiera "sólo a aquellas personas de las que tenemos constancia fehaciente".

El representante del Ministerio Público, el fiscal adscrito al juzgado, Antonio Huélamo, que en la jornada matinal se remitió a la prueba documental, desestimó en la sesión de la tarde la excepcionalidad solicitada por algunos medios –en el sentido de que se valorase de forme a cada medio– considerando que "todos los demandados están aquí por hechos idénticos y en igual concepto".

PRUEBA DOCUMENTAL.

La prueba documental motivó las quejas de los representantes legales de los demandados, ya que, junto a los vídeos de cuatro horas de duración aportados por el demandante –cuyo visionado vieron "innecesario" teniendo en cuenta que ya conocían su contenido– y que formaban parte del procedimiento, Fernando Garrido presentó un dossier que incluía dos reportajes televisivos emitidos con posterioridad a la demanda.

Los letrados de los diferentes medios mostraron su oposición a la aportación de nueva documentación por parte de la defensa de Telma Ortiz, ya que, como resumió el abogado de 'Hola', "si fuera otro tipo de juicio parecería una prueba preparada" y "prefabricada" que, como detallaron algunos de sus colegas, causaría indefensión a los demandados por referirse a hechos extemporáneos.

Después de que el fiscal mostrase también su oposición a la admisión de las pruebas nuevas que, a su juicio, debe ser "rechazada de plano", la jueza, María Lourdes Pérez, admitió la prueba documental aportada junto con el escrito de solicitud de medidas cautelares, pero no así, por considerarla "inútil" ni la versión corta aportada por el abogado de los demandantes ni el nuevo video –que reflejaba una pelea de 'paparazzi'– por ser un hecho nuevo.

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