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18/04/2024. 11:52:03

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El Gobierno repercute las multas impuestas por la UE sobre las vacaciones fiscales vascas y Magefesa

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El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó dos Acuerdos que resuelven sendos procedimientos de determinación y repercusión de responsabilidades llevados a cabo en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, que dieron lugar a la imposición de multas al Reino de España. Dichas multas afectan a las ayudas concedidas las denominadas «vacaciones fiscales vascas» y a Magefesa.

Soraya Sáenz de Santamaría

Ambos Acuerdos de repercusión de las multas vienen a cumplir los establecido en el Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea. Es importante señalar que el procedimiento no tiene naturaleza sancionadora, sino que se limita a derivar responsabilidades conforme a los criterios y procedimientos determinados en el RD  515/2013.

Los Acuerdos dan por concluidos los procedimientos de responsabilidad al haber sido reintegradas al Estado las cantidades que anticipó a la Unión Europea por las multas impuestas a España en ambos procedimientos.

Procedimientos objeto de repercusión de responsabilidad.

Los acuerdos se refieren a dos procedimientos que han concluido en una imposición de multas al Reino de España por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea:

  • Vacaciones fiscales vascas: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó el 13 de mayo de 2014 al Reino de España a abonar a la Comisión una multa de 30 millones de euros, por no haber recuperado a tiempo las ayudas que la Comisión consideró ilegales a través de seis Decisiones de 11 de julio de 2001.

El caso se remonta a 2001, cuando seis regímenes de ayudas fiscales en vigor en las provincias de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya fueron declaradas ilegales por la Comisión Europea, exigiendo su devolución. A ello se añadió una sentencia comunitaria en contra del año 2006.

Las  ayudas se habían concedido por un lado en forma de créditos fiscales correspondientes al 45% de las inversiones que superasen los 15 millones de euros y por otro en forma de exenciones fiscales temporales para reducir de manera sustancial el Impuesto de Sociedades a las empresas de nueva creación durante los cuatro primeros años que obtuvieran beneficios. El régimen fue derogado pero las ayudas han tardado en recuperarse 12 años.

  • Magefesa: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia del 11 de diciembre de 2012, declaró que el Reino de España había incumplido sus obligaciones al no haber adoptado las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 2 de julio de 2002 sobre ayudas que la Comisión Europea había declarado ilegales e incompatibles con el Mercado Común y concedidas al grupo Magefesa.

La sentencia condenó al Reino de España a pagar una sanción de 20 millones de euros, además de una multa coercitiva, cuya cuantía final fue fijada en 3.900.000 euros por el Colegio de Comisarios de la Unión Europea, en su reunión de 16 de abril de 2014. La cantidad a pagar se elevaba, por tanto, a 23.900.000 euros.

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