El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC). El texto difiere sustancialmente del borrador elaborado por el Ministerio del Interior. Ante las críticas recibidas, se han suavizado algunos aspectos, ya que recogía multas de hasta 30.000 euros por participar en un botellón que perturbe la tranquilidad ciudadana y de hasta 600.000 por participar en concentraciones no comunicadas frente al Congreso, Senado u otras instituciones.
En cualquier caso, el Gobierno hace especial hincapié en que el texto analizado sólo es un borrador "al que le queda por delante todavía mucha tramitación", en palabras del ministro del Interior.
De hecho, su próximo paso es someterse al
examen de los órganos consultivos que tendrán que emitir su dictamen: Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal, el Consejo de Estado, la
Agencia Española de Protección de Datos y los ministerios de Hacienda y
Administraciones Públicas; Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y Justicia.
Después volverá al Consejo de Ministros y de ahí se remitirá a las Cortes ya
como Proyecto de ley para iniciar su tramitación parlamentaria.
Según cálculos de Interior, podría aprobarse en el próximo periodo de sesiones, que arranca en febrero y finaliza en junio.
El Gobierno afirma que el texto está "en sintonía" con el Proyecto de reforma del Código Penal que se está tramitando en Las Cortes y que contempla la supresión de las faltas (algunas se convierten en delitos leves y otras quedan destipificadas). El Anteproyecto de LOPSC recoge algunas de las antiguas faltas, que pasan a ser consideradas infracciones administrativas, en coherencia con la consideración del Derecho Penal como ultima ratio del Derecho sancionador.
‘Ley Corcuera' según el Ejecutivo, el Anteproyecto no parte de la crítica hacia la Ley vigente de 1992, "sino de la constatación" de que, 22 años después de su aprobación, es aconsejable una nueva regulación en materia de seguridad ciudadana. La norma a la que alude es la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Corcuera. Como se recordará, el entonces ministro del Interior, José Luis Corcuera, anunció su dimisión en noviembre de 1993 al declarar el Tribunal Constitucional contrarios a la Carta Magna dos artículos de la controvertida ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, entre los que se encontraba su precepto más polémico, el artículo 21, que permitía a las Fuerzas de Seguridad la entrada y registro domiciliarlo sin orden judicial para perseguir los delitos de narcotráfico. El segundo precepto anulado por el Alto tribunal fue el artículo 26.J, relativo a las infracciones leves de seguridad ciudadana.