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20/04/2024. 08:49:56

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El IRPF, lleno de novedades a tener en cuenta (y II)

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¿Quién ha dicho que esto de los impuestos es monótono?. Entre las confusiones de los borradores, los dos o incluso tres que han recibido algunos contribuyentes y las cuestiones nuevas que hay para la Renta de 2008, o usted está atento, o, encima de equivocarse, la Agencia Tributaria va a amenazarle con una multa por querer engañar al fisco.

El IRPF, lleno de novedades a tener en cuenta (y II)

Siguiendo con lo de ayer, continuamos exponiendo las novedades de la campaña de la Renta de este año.

Una cosa importante es que, en lo que respecta a operaciones con sociedades -excepto entidades bancarias- los intereses que se hayan obtenido de préstamos tributan a tarifa; ya no al 18 por ciento.

Los rendimientos del capital mobiliario que vengan de la cesión a terceros de capital propio entran en la base del ahorro que tributa a tipo fijo del 18 por ciento. En cambio, si esos intereses vienen de una entidad vinculada, lo harán a tarifa general; y no podrá deducirse, por irregularidad, un cuarenta por ciento.

Además, para esta campaña se ha puesto una excepción a la excepción para que tributen como rentas derivadas de ahorro los intereses percibidos por personas físicas vinculadas a entidades de crédito, si las condiciones de las imposiciones no son diferentes a las que hubieran sido ofrecidas a otros colectivos de similares características.

En lo que respecta los rendimientos de trabajo, la reducción aplicable se ha modificado levemente: de un límite mínimo de 2600 euros a 2652, por un lado. La máxima, de 4000 euros previos a 4080 euros en para esta campaña (entendiendo siempre respecto al 2008). Se han modificado también las reducciones de los autónomos dependientes. El límite de rendimientos del trabajo en el que hay exclusión de la obligatoriedad de declarar, si hay dos o más pagadores, ha subido desde los 10000 previos, a 11200.

Se ha actualizado también lo referente a trabajadores activos con discapacidad: si tienen reconocido un grado entre el 33 y el 65 por ciento, este año está en 3264 euros. Si se supera el 65 por ciento de discapacidad, tienen movilidad reducida o necesitan una persona a su lado continuamente, el límite está en 7242 euros.

La cantidad máxima de los rendimientos a los que puede aplicarse la reducción por irregularidad en rendimientos del trabajo, derivados de opciones sobre acciones por los trabajadores, es el salario medio anual del conjunto de los declarantes del Impuesto sobre la Renta. Esta cantidad se ha modificado de 21300 euros en la campaña anterior a 22100 euros para ésta.

En lo que respecta a los transportistas, las dietas que reciben de su empleador -no hará falta, en principio, acreditarlas con facturas ni tickets- exentas de tributación están en 15 euros al día si los servicios son en España, y 25 si es fuera de España.

Para agricultores y ganaderos, ha subido de un 5 a un 10 el porcentaje de gastos de difícil justificación y de provisiones deducibles que determinen el rendimiento neto de sus actividades en estimación directa simplificada.

El régimen de Estimación Objetiva disminuye los índices de rendimiento neto de las actividades que tengan que ver con cítricos, remolacha, tomate de transformación, caprino de carne, ovino de carne, porcino de cría, vacuno de leche, y conejo.

Siguiendo con la Estimación Objetiva, se establecen algunas reducciones para paliar los efectos de los precios del gasoil (reducción del 35 por ciento), fertilizantes (15 por ciento) o plásticos en actividades agrícolas y ganaderas (del 2 por ciento del rendimiento neto por módulos, y del 3 por ciento si la actividad ya se desarrollaba en 2007).

Ahora, mucho cuidado, y ¡a pagar!.

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