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24/04/2024. 05:20:42

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid prohíbe la cancelación de reservas de Ryanair

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"Ryanair intenta canalizar la venta de sus billetes a su página web evitando así la comparación de precios" señalaba Manuel Roca, director general de Atrápalo, agencia de viajes también afectada por la situación. El Instituto Nacional de Consumo instó a las comunidades autónomas a abrir expedientes a la compañía si se cancelaban billetes.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid dictó ayer un auto en el que acepta las medidas cautelares solicitadas por la agencia de viajes Rumbo contra Ryanair y prohíbe a la aerolínea cancelar las reservas de billetes realizadas a través de dicha agencia.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid prohíbe la cancelación de reservas de Ryanair

El 11 de agosto, Ryanair comenzó la identificación a través de los correos electrónicos facilitados en la compra de billetes de avión on line de las miles de reservas hechas a través de agencias de viajes que operan por Internet, con la intención de cancelarlas. La aerolínea mantenía la ilegalidad de las actividades de las páginas web de ofertas de reservas online de sus vuelos, debido a que, según la empresa, introducían al usuario en tarifas más altas. "Están estafando a los clientes imponiendo tasas innecesarias que duplican nuestras tarifas, violan nuestro copyright y los términos del uso del website y no informan de los términos y condiciones a los clientes", afirmaba Sinead Finn, directora de ventas de Ryanair. Según la empresa, la cancelación de esas miles de reservas miles representaba la "más rápida y efectiva forma de desincentivar esta actividad ilícita".

 

Además, la aerolínea de bajo coste denunció a diversos portales ante los juzgados de cada país de procedencia por venta ilegal de billetes. Concretamente eDreams (español y estadounidense), Opodo (francés), Bravoflight (Suiza), V-Tours (Alemania) y Tui (Reino Unido), y el español Atrápalo. En el caso de Atrápalo, la vista preliminar se fijó para el 3 de noviembre.

 

Las cancelaciones anunciadas representaban un incumplimiento de las obligaciones contractuales con los usuarios, dado que se haría independientemente de los viajeros, contraviniendo la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.

 

Además de la devolución del importe de los billetes que se ofrecía desde Ryanair, los afectados tendrían también derecho a exigir una indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos, conforme al artículo 8 c) del Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

 

Dos vías se emprendieron contra el anuncio de la aerolínea, aparte de una recomendación desde la Unión Europea. Por un lado, la organización de Consumidores Facua remitió reclamaciones a diferentes instancias, concretamente el Instituto Nacional de Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo, la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, la Comisión Nacional de la Competencia y las autoridades de Consumo de las once comunidades autónomas donde opera la compañía: Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid y Murcia.

 

Por otro lado, la agencia de viajes Rumbo interpuso una denuncia en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, sede que emitió ayer un auto en el que se admiten las medidas cautelares solicitadas por la agencia de viajes, prohíbe a Ryanair la cancelación de reservas de billetes realizadas por pasajeros que utilizan los servicios de Rumbo, y ordena a la compañía retirar de su página web la cláusula en la que advierte de que todas aquellas reservas que no hayan sido realizadas directamente en la web de la aerolínea podrán ser canceladas sin aviso ni reembolso.

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