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19/04/2024. 02:35:59

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El Pleno del Congreso aprueba la reforma laboral

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La sesión plenaria de este jueves ha dado luz verde al Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo que modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para asumir la prevalencia de los contratos indefinidos y reducir los contratos temporales al eliminar aquellos referidos por obra y servicio.

La aprobación se ha llevado a cabo tras duras negociaciones del Gobierno con las distintas formaciones políticas, y en el texto resultante establece que los contratos de duración determinada solo podrán concertarse por circunstancias de la producción derivadas de un incremento imprevisible o por sustitución. Según la norma, todas las personas que estén contratadas incumpliendo las condiciones de la nueva regulación adquirirán la condición de fijas, así como aquellas que lleven contratadas por dos o más contratos por circunstancias de la producción durante un plazo superior a los 18 meses en los últimos dos años.

Los cien cambios relevantes de la reforma

El magistrado del Tribunal Supremo y catedrático Antonio V. Sempere Navarro, considera que no es acertado denominar reforma laboral al Real Decreto-ley 32/2021, ya que su finalidad es muy clara, “retocar lo que al legislador no le gustaba de las leyes que ya teníamos” y “potenciar la estabilidad y transformar el modelo de empleo”.

Sempere Navarro realizó estas reflexiones en la webinar La reforma laboral: interpretación y aplicación práctica, organizada por Thomson Reuters, que contó con la asistencia de más de 2.000 profesionales jurídicos. El encuentro fue moderado por Alberto Palomar Olmeda, magistrado en excedencia, profesor y abogado socio de BROSETA.

Esta acción formativa de actualización profesional, que se enmarca en las que Thomson Reuters ha organizado con motivo de la llamada reforma laboral, se completará próximamente con el curso Los Cien cambios relevantes de la reforma laboral, que se celebrará el 3 de marzo en formato presencial y online bajo la dirección de Sempere Navarro.

Las empresas dispondrán de tres meses para adaptar los contratos temporales vigentes a la nueva legislación

El Consejo de Ministros aprobó el 28 de diciembre la reforma de la Reforma Laboral de 2012. A tal fin, dio luz verde a un Real Decreto-ley que se publicó en el BOE del 30 de diciembre. Uno de los aspectos clave de la reforma es que pretende poner fin a la temporalidad, para lo que generalizará los contratos fijos y limitará los temporales a causas muy específicas. Las empresas dispondrán de tres meses, a modo de vacatio legis, para adaptar los contratos temporales vigentes a la nueva legislación y de seis en el caso de los contratos de obra y servicio. El resto de los aspectos de la norma entraron en vigor tras su publicación en el Boletín. El texto recoge el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales: las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME para reformar estructuralmente el mercado laboral.

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