El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado el recurso de un vecino de un pueblo de Zamora contra la decisión del Ayuntamiento de abrirle un expediente por irregularidades urbanísticas tras la construcción de una vivienda y un garaje.
El tribunal ha dejado sin efecto el expediente por haberse incoado cuando la infracción urbanística leve ya había prescrito y porque el alcalde había declarado persona ‘non grata’ al vecino, por lo que debió abstenerse en la tramitación del expediente.