La adaptación del Impuesto de Sociedades al nuevo Plan General Contable no será fácil. O dicho de una manera más elocuente: se presenta como un auténtica odisea para el millón largo de empresas obligadas a presentar la declaración correspondiente.
Lo dicen los expertos fiscales de Ernst &Young, que dan por hecho que si la Administración Tributaria no rectifica antes de la entrada en vigor de la norma, los tribunales se verán desbordados por un aumento de la litigiosidad sin precedentes. Según Enrique López Corrales, abogado y socio de la consultora, la nueva norma crea "incertidumbres jurídicas", entre otras cosas debido a que se elimina el trámite de la pregunta vinculante a la dirección general Tributos cuando se trata de aclarar algunos conceptos. En su lugar, se remite al manual del Impuesto de Sociedades, un farragoso texto de más de 600 páginas que tiene muchas lagunas.
En palabras de López Corrales, en el caso del fondo de comercio (diferencia entre el valor contable de una empresa y lo pagado por ella en el momento de su adquisición) el criterio aparece en el Manual de uso del modelo de declaración, y no a través de preguntas a Tributos, "como es lo habitual".
Los asesores de Ernst & Young consideran, igualmente, que el nuevo modelo de declaración del Impuesto de Sociedades aumenta de forma irracional la demanda de información por parte de la Administración Tributaria, con lo que ello supone de aumento de la carga burocrática para las empresas. Hasta el punto de que solicita información sobre materias de las que ya se ha informado a otras administraciones, como son las cuentas anuales, que deben ser obligatoriamente depositadas en los correspondientes registros mercantiles.
Las declaraciones se harán utilizando el modelo 200 (desaparece el 201), que exige mucha más información sobre precios de transferencia entre entidades vinculadas (aquellas cuyo porcentaje de participación sea superior a un 5% o a un 1% si se trata de entidades cotizadas). En el caso de las operaciones vinculadas, se identifican cinco métodos de valoración (tres principales y dos accesorios) y será el contribuyente quien los elija.
Se pide, igualmente, y por primera vez, el desglose entre diferencias permanentes y temporales, distinguiendo, en relación con las temporales, las que tienen origen en el ejercicio y las que tienen origen en ejercicios anteriores.
Aunque el nuevo modelo de declaración del Impuesto de Sociedades no está publicado en el BOE, los últimos borradores que se han filtrado no inducen al optimismo, dicen en Ernst & Young.
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