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16/04/2024. 14:17:27

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Cuestiones coyunturales y estructurales

Financiación de las administraciones públicas: un verdadero cambio estructural

Socio Garayar Asociados

Cuando una materia tan compleja y técnica como la de la financiación de las Administraciones públicas salta a la actualidad cotidiana y se convierte en constante noticia, quienes venimos dedicando a estas cuestiones una parte no despreciable de nuestra actividad profesional nos sentimos en la necesidad de identificar claves, aclarar cuestiones, y separar lo llamativo de lo importante.

Montones de monedas

En este sentido, y en nuestro caso concreto, consideramos esencial esclarecer en lo posible algunos aspectos de esta actualidad, diferenciando lo que es mera coyuntura de las cuestiones estructurales que esta coyuntura revela y que son, estas últimas, las claves esenciales a medio y largo plazo.

En esta entrada repasamos las cuestiones coyunturales, intentando poner orden en lo que se lee en la prensa estos días con las precisiones y sentido que nuestro enfoque jurídico supone. Posteriormente abordaremos los problemas estructurales que aquéllas reflejan.

La coyuntura

La creación de un fondo de 35.000 millones de euros para la satisfacción de deudas de las Administraciones públicas con proveedores, unida a la visita de inspectores comunitarios para analizar las cifras de déficit público y a los cambios normativos en trámite en materia de estabilidad presupuestaria, requieren un análisis detallado y una explicación de conjunto, pues se trata de tres aspectos con íntimas conexiones.

En primer lugar, el mecanismo extraordinario de apoyo a la liquidez establecido por los Reales Decretos-Leyes 4/2012 y 7/2012 crea un fondo de 35.000 millones de euros para la financiación de los pagos que las Administraciones territoriales adeudan a los proveedores de obras, suministros y servicios y concesionarios de servicios públicos, requiriéndose para su acceso al mismo que esas Administraciones elaboren un listado de las facturas pendientes de pago (lo que permitirá un conocimiento de la deuda real) y un plan de ajuste en el que se fundamenten los presupuestos de la entidad (ver nuestro vídeo explicativo). Dicho plan debe ser validado por el Ministerio de Hacienda, por lo que supone un doble mecanismo de control (propio y externo), bajo el poderoso incentivo del acceso a la financiación.

En segundo lugar, una vez que se apruebe la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria, actualmente en tramitación en el Congreso de los Diputados, se impondrán a todas las Administraciones unos límites muy estrictos para su actividad financiera, contemplándose la elaboración de planes económico-financieros (supervisados por el Ministerio de Hacienda y cuyo incumplimiento generará severas consecuencias en contraste con lo que ocurría hasta ahora) también cuando se incumplan los objetivos de déficit público, deuda pública o la regla de gasto.

Finalmente, el carácter de la visita efectuada por la Comisión reviste algunos caracteres de excepcionalidad. En efecto, no se trata de una visita de carácter rutinario (de las llamadas "visitas de diálogo") sino que se trata de una "visita metodológica", a través de la cual los técnicos de la Comisión (Eurostat, que es el organismo encargado de la supervisión del déficit de los Estados miembros) pueden controlar los procesos y las cuentas públicas que justifican los datos notificados por España en materia de déficit.

Esta visita metodológica se enmarca en las nuevas potestades que la UE atribuyó a Eurostat a través de la modificación en 2010 del Reglamento (CE) 479/2009 (relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.), que como indicamos en su momento incrementa de forma notable las potestades de intervención e investigación de Eurostat, que no se limitan ya a supervisar las cuentas presentadas por el Estado (último responsable ante las instituciones europeas de las cuentas de todos los entes territoriales) sino que alcanzan a indagar en la metodología seguida por  los entes territoriales y solicitar cualesquiera datos al respecto de forma directa.

El bisturí de Eurostat incide así mucho más profundamente, llegando hasta la última de las capas de las cuentas públicas. Ello implica que las Administraciones públicas deben estar preparadas para un análisis aun más riguroso y directo de las autoridades comunitarias en la materia.

En consonancia con ese rigor impuesto por las instancias europeas, es de esperar también un enfoque singularmente estricto por parte del Grupo de Trabajo de Sectorización (integrado por el INE, el Banco de España y la IGAE), lo que tendría consecuencias muy relevantes porque el cumplimiento ortodoxo de los protocolos contables y presupuestarios será lo que facilite el acceso a la financiación (que no es precisamente abundante en la actualidad) y cuya obtención llevará consigo ineludiblemente la asunción de compromisos a este respecto.

La conclusión que podemos extraer, por tanto, de la actual coyuntura en materia de financiación púbica es que el control exhaustivo va a ser la tónica general en esta materia en el futuro inmediato y que, en este escenario, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales habrán de adoptar importantes medidas de ajuste profundo que sería prudente ir anticipando.

Dicho ajuste no es sencillo, pues no se trata de un mero recorte, sino de una modificación de los planteamientos de la propia actuación de las Administraciones, que trasciende, por tanto, la mera política presupuestaria, requiriendo del análisis profundo, político y técnico, de las bases de la actividad de aquéllas (económicas, organizativas, contractuales, etc.). En definitiva, un verdadero cambio estructural.

A ello dedicaremos una breve reflexión próximamente.

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