En estos seis meses de aplicación de la ley no se advierte una mejora en los tiempos de respuesta de los órganos jurisdiccionales. Los administradores concursales deberán estar asegurados para responder de hasta 4 millones de euros según un Real Decreto aprobado el 21 de septiembre.
Laboral, mercantil y fiscal son los tres campos que en este período dan más trabajo en los despachos de abogados. Ello tiene su reflejo en los tribunales, sobre todo en lo que respecta a laboral y mercantil. De hecho, y según cifras del Consejo General del Poder Judicial, el número de concursos presentados, 2.666 en el segundo trimestre de 2012, aumentó en un 35,3% respecto del mismo trimestre del año anterior, lo que supone el incremento más alto producido históricamente, conforme a las cifras del Informe sobre el impacto de la crisis en los órganos judiciales.
El número de concursos presentados durante el segundo trimestre de 2012, 2.666, aumentó un 35,3% respecto del mismo trimestre del año anterior. Ello supone el incremento más alto producido históricamente, según las cifras del Informe sobre el impacto de la crisis en los órganos judiciales.
Para Enrique Bujidos, socio responsable del Área de Reestructuraciones de PwC, "el incremento que se ha producido en este primer semestre del año hace previsible un año 2012 con una elevada actividad concursal. La situación económica y, en particular, la situación que vive el sistema financiero español están detrás del nuevo incremento de concursos de empresas. Cada vez existe menos margen para la refinanciación de la deuda, tanto por el lado de las compañías, que llevan muchos meses consecutivos de deterioro de sus cuentas de resultados, como por el lado de las entidades financieras, que tienen serias restricciones para proporcionar dinero nuevo a las empresas"
En el trimestre analizado se declararon 2.024 concursos, 169 concluyeron en virtud del art. 176 bis 4 LC, 548 alcanzaron la fase de convenio y 1.606, la fase de liquidación.
En cuanto al ámbito territorial, Cataluña (con 527 concursos) y la Comunidad Valenciana (con 430 concursos) se sitúan a la cabeza de concursos presentados, seguidas a distancia por Madrid (368 concursos) y Andalucía (350 concursos).
Concursos presentados en el primer semestre de 2012. Fuente: PwC
Según expone PwC en un informe acerca de la actividad concursal del primer semestre de 2012, "se hace preciso mencionar las recientes reformas que ha sufrido la Ley Concursal que entraron en vigor el día 1 de enero de 2012. El objetivo básico de esta reforma ha sido, por un lado, agilizar la tramitación de los procesos concursales, dando un papel más relevante al Administrador concursal, y, por otro, descongestionar los juzgados de lo Mercantil, a la vez que evitar el malbaratamiento de empresas con posibilidades de supervivencia o la pérdida de valor de los activos debido a la excesiva duración del proceso, permitiendo incluso el archivo del concurso por falta de activos. No obstante, en estos seis meses de aplicación de la ley no se advierte una mejora en los tiempos de respuesta de los órganos jurisdiccionales".
Según datos del Instituto Nacional de Estadística divulgados en agosto, el 30,8 % de las empresas concursadas tiene como actividad principal la Construcción y promoción inmobiliaria. El 18,3 por ciento pertenece al sector de la Industria y energía y el 17,4 por ciento al Comercio.
Por tipo de concurso, las cifras del INE dicen que 2.111 fueron voluntarios, con un aumento interanual del 27,1 por ciento. Por su parte, 161 concursos fueron incluidos en el capítulo de necesarios, lo que supone un incremento interanual del 51,9 por ciento.
El informe de PwC, cuyo responsable es Enrique Bujidos, puntualiza que "la homologación judicial en procesos de refinanciación no se ha aplicado apenas, lo que demuestra claramente que no es la solución que demandaban los operadores jurídicos que quieren claramente otro tipo de medidas que aseguren el proceso de refinanciación. En la reforma que todavía tendrá que llegar será necesario reorientar la Ley hacia la supervivencia de los negocios, cosa que se conseguiría dando un paso hacia la desjudicialización de la práctica concursal mediante, entre otros, la implantación de procesos preconcursales de mediación. Se hace imprescindible, en este contexto, la presencia activa de los todavía grandes olvidados del proceso concursal: los acreedores. Éstos deberían poder participar de forma activa, mediante la creación de la figura del Comité de Acreedores, en la toma de decisiones que permitan la recuperación de sus créditos, sustituyendo gran parte de la labor que hoy realizan los administradores concursales y el propio Juez, mediante el establecimiento de mecanismos que permitan la negociación consensuada de determinados aspectos hoy enquistados dentro de largos procedimientos judiciales".
Los administradores concursales deberán estar asegurados para responder de hasta 4 millones de euros
La cobertura de la responsabilidad del administrador concursal se puede articular bien a través de un contrato de seguro de responsabilidad civil o de una garantía equivalente constituida por entidad de crédito que pueda prestar garantías de este tipo. También pueden introducir esa cobertura mínima obligatoria como ampliación de las pólizas de responsabilidad civil profesional de abogados, economistas, titulados mercantiles o auditores. ¿Quiere saber algo más?