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24/04/2024. 13:40:52

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La banca aplicará uniformemente las calificaciones de las agencias de rating

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Aprobado el Proyecto de Ley que aplicará el Reglamento europeo sobre agencias de calificación crediticia. Incorpora las modificaciones para la regulación armonizada de estas instituciones mediante la Autoridad Europea del Mercado de Valores.

Se ha aprobado un Proyecto de Ley por el que se modifican determinadas normas financieras para la aplicación del Reglamento europeo sobre agencias de calificación crediticia, aprobado en noviembre del año pasado. El objetivo de este proyecto de ley es doble: introducir los ajustes que garanticen la seguridad en la aplicación del Reglamento (especificando qué entidades han de utilizar calificaciones crediticias y con qué fines) e incorporar una serie de modificaciones para que la Comisión Nacional del Mercado de Valores actúe como autoridad competente española dentro del marco supervisor de la Unión Europea.

Una mano abriendo una caja de seguridad.

La crisis financiera ha puesto de manifiesto la necesidad de mejorar una serie de aspectos relativos al funcionamiento de las agencias de calificación crediticia, que desarrollan una función esencial en los mercados financieros en tanto que evalúan la solvencia de una entidad o de un instrumento financiero.

Hasta la crisis, sobre todo desde que estalló por la parte de Estados Unidos, las calificadoras de riesgo tenían la última palabra a la hora de invertir a alto nivel. De hecho, en los últimos veinte años menos del 1% de los emisores calificados con AAA han declarado suspensión de pagos, mientras que el 60% de los calificados con CCC sí cayeron. Después de que algunas calificaciones de agencias no fuesen del todo fidedignas, creció la sensación de la necesidad de ponerles un marco regulatorio.

Como respuesta común a las deficiencias de regulación detectadas, se aprobó en el seno de la Unión Europea el Reglamento sobre agencias de calificación crediticia, en el que por primera vez se determinan normas armonizadas sobre las condiciones organizativas y operativas que deben cumplir las agencias, así como su régimen de registro y supervisión.

Recientemente, la Comisión Europea ha publicado una propuesta de reforma del Reglamento para introducir un verdadero marco supervisor de la Unión Europea, donde la futura Autoridad Europea del Mercado de Valores sea la responsable de la supervisión de las agencias, en cooperación con las autoridades nacionales. Esta reforma es imprescindible en tanto en cuanto la estructura y actividad de las agencias de calificación tiene un carácter transnacional.

Seguridad jurídica

Así, en primer lugar, se establece la obligación para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión de utilizar las calificaciones emitidas por agencias registradas o certificadas en virtud del Reglamento para el cálculo de sus recursos propios. Además, las entidades que operen en los mercados financieros deberán especificar que las calificaciones que utilizan han sido emitidas por agencias que se ajustan al nuevo régimen de registro establecido en el Reglamento.

En segundo lugar, la creación de esta autoridad común a toda la UE, y la atribución a la misma de las funciones supervisoras sobre las agencias de calificación, quedaría incompleta de no llevarse a cabo en los ordenamientos internos los ajustes necesarios para que los respectivos supervisores nacionales puedan colaborar con las funciones de la futura autoridad europea, en orden a alcanzar la máxima eficacia e integración de la actividad supervisora europea sobre las agencias de calificación.

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