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18/04/2024. 10:00:05

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La Ley de Personal de la Policía Nacional incorpora un seguro de responsabilidad civil que cubrirá indemnizaciones y fianzas derivadas de actos de servicio

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El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el envío a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional. Esta Ley Orgánica dotará a la Policía Nacional de un régimen estatutario completo, que superará a la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, mediante una ley única que terminará con la actual dispersión normativa.

La vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, con el ministro del Interior, Jorge Ferández Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

En el texto aprobado destaca que, junto con la defensa y asistencia jurídica por el Estado, se incorpora un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera para cubrir las indemnizaciones y fianzas derivadas del desempeño de las funciones de los miembros del Cuerpo de Policía, de la cual quedan excluidos los delitos dolosos. La norma contempla, además, la posibilidad de que los funcionarios de carrera de los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales ingresen en la Policía Nacional.

La Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional, aprobada en la reunión del Ejecutivo celebrada el viernes 21, actualiza el régimen de personal de la Policía, y lo adapta a la nueva realidad social y a los cambios operados en la normativa general de la función pública. En particular, se armoniza con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El texto, que ha sido enviado a Cortes Generales, racionaliza y mejora aspectos relacionados con la estructura de la Policía, la formación y la promoción profesional para dar una mejor respuesta a las demandas ciudadanas y mayor eficacia en la prestación del servicio policial.

Un texto consensuado

La tramitación de la Ley Orgánica de Personal de la Policía Nacional comenzó hace más de un año, el 2 de octubre de 2013, cuando se presentó en la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios. Colaboraron directamente en el ajuste de los preceptos en sus respectivas competencias, los Ministerios de Empleo y Seguridad Social, de Defensa, de Economía y Competitividad (respecto al seguro de responsabilidad civil) y de Hacienda y Administraciones Públicas (función pública y coste económico).

A continuación, se creó un grupo de trabajo con representantes de la Secretaría de Estado de Seguridad, de la Dirección General de la Policía y de la Secretaría General Técnica, que, tras numerosas reuniones, elaboró un texto en el que se incluyeron la mayor parte de las observaciones formuladas por dichos Departamentos, así como otras mejoras formales, de técnica normativa y sustanciales. Finalmente, el texto fue informado por el Consejo de Policía el 3 de junio de 2014.

Provisión de puestos de trabajo

Se establece en la ley  por primera vez, el modo en que se fijará reglamentariamente la plantilla para períodos de cinco años por el Consejo de Ministros, a propuesta del titular del Departamento de Interior. Además, se contempla un sistema de evaluación del desempeño, novedad incorporada por el Estatuto Básico del Empleado Público.

La distribución de los puestos de trabajo en el catálogo se ordena conforme al principio de jerarquía, recogiendo, por primera vez, una regla acorde con dicho principio que impide que un policía nacional pueda estar subordinado a otro de categoría inferior por razón del puesto de trabajo que ocupe, corrigiendo así situaciones que estaban sucediendo en la práctica.

Los policías nacionales que sufran una disminución de sus condiciones psicofísicas cuya intensidad impida el normal cumplimiento de sus funciones, pero que no comporte el pase a la jubilación o a la segunda actividad, pasarán a realizar actividades adecuadas a sus condiciones, con el fin de optimizar los recursos humanos.

Otras novedades de la nueva ley

Aparte de lo referido acerca de la provisión de puestos de trabajo, otros puntos novedosos del Proyecto de Ley Orgánica aprobado por el Ejecutivo son los siguientes:

  • La norma contempla la posibilidad de que los funcionarios de carrera de los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales ingresen en la Policía Nacional.
  • Se ofrecen dos garantías fundamentales a la mujer policía víctima de violencia de género: la excedencia y la posibilidad de acceder a un puesto de trabajo de características análogas al suyo en otro lugar, sin que tenga que haber una vacante de necesaria cobertura.
  • Junto con la defensa y asistencia jurídica por el Estado, se incorpora la contratación de un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera para cubrir las indemnizaciones y fianzas derivadas del desempeño de sus funciones o con ocasión de las mismas. Esto agiliza y complementa la cobertura que ahora tiene la Policía Nacional frente a los riesgos del ejercicio de sus funciones. Quedan excluidos los delitos dolosos.
  • La Administración estará obligada a concertar un seguro de accidentes -desde 1973 era graciable- para los supuestos de fallecimiento o incapacidad permanente total o parcial acaecidos a los policías nacionales con ocasión de un acto de servicio.
  • A pesar de que la futura ley recoge que la modalidad de ingreso seguirá siendo la oposición libre, eleva el nivel de las titulaciones exigidas para su acceso. En este sentido, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha explicado que se exigirá el título de bachiller para acceder a la Escala Básica, así como un título universitario de grado para la Escala Ejecutiva. También eleva el nivel requerido para la promoción interna, aunque se establece un plazo transitorio de cinco años. Fernández Díaz ha aclarado que "estas titulaciones son para el ingreso, por lo tanto, para los próximos policías".
  • La formación profesional permanente y de especialización se configura como derecho y deber, elemento prioritario en la carrera policial. Esta constituye un derecho individual, pero al mismo tiempo es un deber mantener actualizada la cualificación profesional.
  • Se crea en la Escala Superior una nueva categoría de Comisario General, sin coste, a la que se accederá con ocasión del nombramiento en los puestos de Director Adjunto Operativo, Subdirector General, Comisario General o Jefe de División.

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