Linklaters confirma que el 14 de enero un tribunal británico refrendó el scheme of arrangement planteado por el operador de viajes Orizonia a efectos de la reestructuración de la deuda garantizada de su grupo.
El despacho de abogados internacional Linklaters ha asesorado a Orizonia en su proceso de reestructuración de deuda. La vista en la que el tribunal británico ratificó el scheme of arrangement tuvo lugar días después de la asamblea de acreedores celebrada el pasado 8 de enero, en la que más del 85% de los acreedores con garantías constituidas a su favor aprobaron tanto la oferta de adquisición sobre Orizonia formulada por Globalia como la consecuente reestructuración de la deuda corporativa de aquélla.
Un scheme of arrangement es un procedimiento normativo inglés que permite a una sociedad suscribir con sus acreedores – o con un determinado grupo o clase de ellos – un acuerdo o compromiso que, una vez aprobado por la mayoría requerida de aquéllos y ratificado por el tribunal inglés competente, obliga a todos los acreedores independientemente de si votaron a favor o en contra del mismo.
Una característica fundamental de un scheme of arrangement sujeto a derecho inglés es que no constituye en sí mismo un procedimiento concursal. En este sentido, la compañía que propone el scheme no tiene por qué estar en concurso real o inminente antes de trasladar su propuesta a sus acreedores. La principal característica de un scheme of arrangement en el contexto de una reestructuración de deuda es que permite que las reclamaciones de los acreedores privilegiados (i.e. con garantías a su favor) puedan verse comprometidas, algo no siempre posible en otras jurisdicciones.
Este es el cuarto scheme of arrangement llevado a cabo por una entidad española, y tiene lugar poco después de la reciente reestructuración por esta vía del Grupo Cortefiel (anteriormente también habían seguido este camino La Seda de Barcelona y Metrovacesa) – proceso en el que Linklaters asesoró igualmente a Cortefiel – dirigido a la modificación de los vencimientos de la financiación bancaria sindicada del grupo.
Ben Crosse, socio de bancario de Linklaters en Madrid indicó: "Los tribunales ingleses han establecido que admitirán los 'schemes of arrangement' de empresas españolas que hayan optado por sujetar sus contratos de financiación a derecho inglés. En el mercado actual, esto constituye una herramienta muy importante para las empresas españolas que buscan mantener sus negocios, poniendo de manifiesto a inversores nacionales e internacionales que cuando surgen tensiones de liquidez existen mecanismos de reestructuración disponibles más allá de los procedimientos concursales, que a menudo destruyen valor".
Pedro de Rojas, socio responsable de bancario en España de Linklaters en Madrid apuntó: "Al mismo tiempo, Linklaters está analizando fórmulas para instrumentar procedimientos similares bajo legislación española. Esto es algo que, a la vista del alcance restrictivo que tiene la normativa concursal española en este ámbito, plantea múltiples dificultades. No obstante, pensamos que podría tener una aplicación práctica mayor de la inicialmente esperada."