El debate sobre la aplicación de criterios ESG (Environmental, Social and Governance) en la empresa fue el objeto de la última de las sesiones del II Congreso Aranzadi LA LEY de Abogacía In House y Derecho de los Negocios que se ha celebrado en el auditorio del consistorio de la capital de España los días 19 y 20 de noviembre.
En este panel, moderado por Nacho González Freixa, socio responsable del Departamento de Compliance y Gobierno Corporativo del bufete Barrilero & Asociados, participaron Lorena Rodríguez Álvarez, Legal Counsel de Ecoembes; Almudena de Pintos Martín, letrada de AJ de Banca Comercial en Banco Santander España y Lucía Sánchez-Ocaña Leyún, Global Risk Compliance & Sustainability director en Qualitas Energy.
El ineludible compromiso con la sostenibilidad que corresponde a las empresas responsables suscita el interés por saber qué son los ESG (Environmental, Social and Governance) y cuál es su importancia, transformándose en un componente clave en la evaluación de riesgos y oportunidades de las empresas junto al valor informador de la cultura empresarial que se atribuye a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) proclamados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Los criterios ESG implican a empleados, proveedores y otros actores que tienen un vínculo con la empresa. Valores como la diversidad y la inclusión, el respeto por los derechos humanos o la igualdad son principios que tienen una gran repercusión en la actividad de la compañía, como lo tienen las acciones dirigidas al cuidado y la conservación del entorno natural y el medio ambiente.
Los criterios ESG de gobierno corporativo deben estar basados en la transparencia y la ética empresarial y deben permitir medir y analizar el impacto que tienen en los propios accionistas y la administración en las empresas.
En definitiva, las empresas deben cumplir con los principios ESG ambientales, sociales y de gobernanza para que sus inversiones sean consideradas responsables. El hecho de que las compañías sigan estas prácticas ESG contribuye notablemente a reducir el impacto ambiental y social, a la vez que hacen crecer los negocios verdes y se fomenta la economía circular.
Lucía Sánchez-Ocaña definió a los ESFG como objetivos no financieros de la empresa y que, en el caso del sector energético, son ineludibles por ser consustanciales a los criterios de respeto medioambiental propios de organizaciones dirigidas a la sostenibilidad.
Almudena de Pintos hizo hincapié en la agenda responsable de su entidad y el alineamiento con las recomendaciones del Banco Central Europeo (BCE) con el objetivo de ser una banca responsable. La letrada del Banco Santander incidió también en la necesidad de gestionar una financiación responsable en la que también tienen un papel relevante los gobiernos “que deben ayudar con una fiscalidad que permita la sostenibilidad”. En ese sentido indicó que el objeto de la financiación verde es “lograr un cambio de mentalidad en la forma de hacer las cosas, no en obtener mejores condiciones”. Pintos recalcó que los criterios de inversores y clientes están ya sensibilizados con la sostenibilidad y que la financiación debe estar vinculada a objetivos de transición medioambiental medibles.
Por su parte, la abogada de Ecoembes señaló que quien no este involucrado en la sostenibilidad y el cambio “está fuera del mercado, por lo que ya no es una opción de gestión de la empresa no incorporar de forma “medible” los criterios ESG a la estrategia de las compañías. “La sostenibilidad debe formar partes de la genética de la empresa y sus departamentos legales deben actuar teniéndola siempre presente como un principio informador de su tarea”, afirmó ante el auditorio.
La resistencia interna en la aplicación de los criterios ESG fue también analizada por los ponentes coincidiendo unánimemente que, en general, no se manifiesta y que la sostenibilidad forma parte de la conciencia social corporativa, aunque Lucía Sánchez-Ocaña no ocultó que la gestión de su coste financiero y la imputación de costes “genera debates” en las direcciones corporativas. En este sentido Nacho González-Freixa recordó que el incumplimiento de la regulación vinculada a la sostenibilidad puede ocasionar “la comisión de un ilícito penal de la empresa”.
Para finalizar, todos los panelistas coincidieron en considerar que trabajar para la sostenibilidad no es una cuestión de resultados o de criterios de mercado. Para Lucía Sánchez-Ocaña “si no hay planeta no hay mercado ni empresa ni beneficio. Sin planeta no hay vida y sin vida no hay nada”, reflexión a la que se sumó el moderador señalando que la sostenibilidad “no es una moda, es una realidad tangible que hay que abordar y que además es un generador de valor para la empresa y una necesidad ineludible para la sociedad”.
Concluyeron las exposiciones conviniendo que las empresas deben cumplir con los principios ESG ambientales, sociales y de gobernanza para que sus inversiones sean consideradas responsables ante la sociedad, el mercado y los inversores.