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29/03/2024. 15:54:58

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Los secretarios judiciales tendrán acceso a la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales a través de un certificado digital

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Este nuevo sistema proporciona una mayor seguridad en la identificación del usuario y permite disponer de las cantidades depositadas de manera más ágil, ya que elimina la necesidad de identificadores y contraseñas específicos para acceder a la aplicación. Se facilitan, de este modo, los trámites para realizar las devoluciones y transferencias tanto a las administraciones como a los ciudadanos. Además, las garantías de seguridad experimentan un incremento, ya que los certificados digitales son la base del comercio electrónico seguro.

Los secretarios judiciales tendrán acceso a la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales a través de un certificado digital

Tanto los depósitos como las consignaciones judiciales, regulados por el Real Decreto 467/2006, se constituyen a disposición de los órganos de la Administración de Justicia en el ámbito de los procesos judiciales.

En concreto, son depósitos judiciales:

  • Los que se constituyen en cumplimiento de garantías, fianzas, cauciones u otros requisitos procesales establecidos por las leyes.
  • Los que se realizan como consecuencia de la intervención, aprehensión o incautación de moneda metálica, billetes de banco, cheques bancarios o valores realizables, efectuados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por Vigilancia Aduanera o cualquier otro funcionario público, poniéndose a disposición de la autoridad judicial competente.
  • Cualquier ingreso que se realice como consecuencia o aseguramiento del embargo de bienes y el de las cantidades que se hallaren durante la práctica de diligencias judiciales.

Son consignaciones judiciales:

  • Aquéllas que se realizan en ejecución voluntaria o forzosa de títulos que lleven aparejada ejecución.
  • Las que se realicen con finalidad liberatoria por el obligado al pago de una cantidad, o en otros supuestos legalmente establecidos.

Se trata de un primer paso para convertir el certificado digital en el único medio de identificación para acceder a las aplicaciones judiciales. Así, los secretarios judiciales que dispongan de un certificado digital CERES, expedido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre, accederán y gestionarán la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales de su órgano mediante el uso de la tarjeta en que se encuentra incorporado.

Este certificado es el mismo que ya funciona con las tarjetas personales de uso de la aplicación LEXNET  proporcionadas por el Ministerio de Justicia. Asimismo, el departamento que dirige Fernández Bermejo extenderá, en un futuro próximo, el uso del certificado digital personal para acceder a la totalidad de las aplicaciones que deban utilizarse en las oficinas judiciales.

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