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26/04/2024. 04:15:34

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Pagos más rápidos y seguros

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Pagos más rápidos y seguros

Se encuentra ya en las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Servicios de Pago. Ello supone la trasposición a la normativa española de la Directiva comunitaria sobre servicios de pago en el mercado interior. A partir de que la norma entre en vigor, habrá más garantías acerca de que las operaciones hechas en el territorio de la Unión Europea, concretamente transferencias, adeudos directos y pagos con tarjeta, tengan igual seguridad y facilidad que los internos.  

En un marco que tiende, invariablemente, hacia la coordinación y la seguridad, esta semana se da un gran paso en lo que se refiere a operaciones a distancia.

El objetivo de la Directiva fue, desde los trámites de redacción, garantizar que los pagos hechos en el ámbito de la UE -concretamente transferencias, adeudos directos y pagos con tarjeta- se hagan con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros, fijando el marco jurídico oportuno para la creación de la Zona Única de Pagos para el Euro (SEPA).

La Directiva, en su momento, reforzó el ámbito de protección de los usuarios de los servicios de pago (consumidores, minoristas, pequeñas y grandes empresas y autoridades públicas). Al armonizar el marco jurídico aplicable, se facilitará en gran medida la aplicación operativa de los instrumentos de la SEPA en el sector de los bancos, además de otorgar al consumidor un ámbito de fiabilidad, necesario ,más que nuca en un periodo en que la desconfianza está ganando enteros.

De este modo, se sientan las bases para un mercado único interno de pagos en euros. Además, puesto que en el Proyecto de Ley (se diseña un marco prudencial a la medida de los nuevos participantes en el mercado de pequeños pagos, se refuerza la protección de los consumidores, y se fomentará la innovación y la competencia, ayudando así al progreso en la tecnología y al desarrollo de nuevos servicios, como la facturación electrónica, oportunidades que pueden abrir nuevas puertas a la economía en su conjunto.

Determinación de los servicios de pago y de los proveedores autorizados

Entre los servicios de pago regulados, el Proyecto de Ley establece la ejecución de transferencias, la ejecución de operaciones de pago mediante tarjeta de pago o dispositivo similar y la ejecución de los adeudos domiciliados, y extiende su ámbito a otros servicios de pago tales como la emisión y adquisición de instrumentos de pago o el envío de dinero. La prestación de servicios de pago quedará prohibida a cualquier persona física o jurídica que no tenga la condición de proveedor conforme a los términos de la Ley.

Régimen jurídico de las entidades de pago

La Ley diseña una nueva clase de entidad autorizada para la prestación de estos servicios, las "entidades de pago", y configura su régimen jurídico.

Lo más relevante es que quedan sujetas a una autorización administrativa, otorgada por el Ministro de Economía y Hacienda; tras informes del Banco de España y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales. Además, se fijan requisitos en varios aspectos:

  • capital inicial,
  • recursos propios,
  • actividades autorizadas, en lista cerrada,
  • garantías de salvaguarda de fondos recibidos de los consumidores para las operaciones de pago.

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