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19/04/2024. 07:37:57

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Suspensión de contratos en Renault

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La Resolución de la Dirección General de Trabajo acepta la propuesta de la Junta de Castilla y León, que mejora sensiblemente lo solicitado inicialmente por la empresa. Se aplicará entre el 12 de enero y el 31 de mayo, coincidiendo con la última propuesta que realizó la empresa a los sindicatos durante la negociación de este ERE.

La Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración ha autorizado la medida temporal solicitada por la empresa Renault España, S.A., para la suspensión de relaciones laborales de hasta un máximo de 10.311 trabajadores, igualando la propuesta de resolución emitida por la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, como Autoridad Laboral encargada de la instrucción del expediente.

Suspensión de contratos en Renault

Hay nuevos afectados por la crisis económica, de nuevo en el sector del automóvil. El Ministerio ha autorizado una reducción del número de jornadas, aunque menor de la solicitada por la empresa. Así, se suspenden 50 días para los trabajadores de la factoría de carrocería y montaje del centro de Valladolid, y 24 para los trabajadores de la factoría de motores del centro de Valladolid y de los centros de Palencia y Sevilla. La solicitud inicial conllevaba la suspensión de 60 y 30 jornadas, respectivamente.

La medida se estima necesaria para la adecuación de la producción de vehículos a la situación de demanda real de mercado, así como garantizar la continuidad del proyecto empresarial.

Los trabajadores de la fábrica de cajas de cambio de Renault en Sevilla han anunciado que plantearán un recurso, ya que "no se han tenido en cuenta" las medidas alternativas planteadas por los trabajadores y entre las que se incluyen acciones recogidas en el convenio colectivo de la compañía, mientras comienzan a movilizarse para protestar por el expediente de regulación de empleo temporal. Según los trabajadores, era factible un "contrato relevo". La aplicación de este "contrato relevo" para los trabajadores mayores de 60 años implicaría, según valoran la plantilla, la jubilación parcial de alrededor de 650 empleados en toda España y por tanto, podría evitar la aplicación del ERE.

La situación en la que quedan los trabajadores es delicada, dado que el período en el que se prolongue el ERE únicamente reciben el setenta por ciento del sueldo, que lo abona la Seguridad Social. El otro treinta es a negociar con la empresa. Además, afecta a la duración del paro.

Legislación

La legislación que lo regula es el Estatuto de los Trabajadores, y los cambios llevados a cabo por Ley 38/07, de 16 de noviembre, en materia de información y consulta de los trabajadores. En materia de protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario, el Real Decreto 43/1996, de 19 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de Regulación de empleo y de Actuación administrativa en materia de traslados colectivos. Además, incumbe la Ley 35/2002 de 12 de julio, de Medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.

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