En la presente resolución el Tribunal Supremo confirma la pena de 20 años de cárcel que impuso la Audiencia Nacional a un ciudadano español residente en Georgia por idear y ordenar en noviembre de 2000 el secuestro en Tiflis, capital de Georgia, de dos industriales también españoles.

Dichos industriales permanecieron en cautiverio 373 días.
El alto Tribunal modifica en esta resolución el calificativo de "terrorista" terrorista para la acción. Sostiene el Supremo que "nada se dice ni se sugiere que con (el secustro) se pretendiese atentar el orden político ni que se intentase alterar la paz pública entendida como normal ejercicio de los derechos de los ciudadanos y de las instituciones, sino que lo pretendido era obtener un botín".