El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Cuando entre en vigor, la norma sustituirá a la vigente que, desde su aprobación en 1985, ha sufrido más de 40 modificaciones. La futura LOPJ cambiará el actual mapa judicial español, mediante la creación de Tribunales Provinciales de Instancia (TPI) en las capitales de provincia y el reforzamiento del Tribunal Supremo, que contará con jurisprudencia que vinculará de forma obligatoria al resto de órganos.
El texto rediseña una estructura distinta a los actuales partidos judiciales pero en la que, aseguró el Gobierno, se mantienen todas las sedes existentes en diferentes municipios.
Tribunales Provinciales de Instancia
Como hemos adelantado, una de las principales novedades del anteproyecto de LOPJ es la creación de los Tribunales Provinciales de Instancia (TPI), que asumirán la función juzgadora de las Audiencias Provinciales y conllevan abandonar la actual estructura de partidos judiciales. No obstante, se mantendrán las actuales sedes de los partidos judiciales para optimizar recursos. A partir de la entrada en vigor de la Ley, los TPI funcionarán de forma acorde a un reparto provincial de asuntos.
Instrucción colegiada
La futura LOPJ contempla que sean tres los magistrados que instruyan los asuntos que entran en la Audiencia Nacional. Pero también lo hace para los casos que, por su extraordinario volumen, duración o complejidad, se investiguen en otros órganos penales. Dicha previsión ha generado dudas sobre la creación de la figura del fiscal instructor, prevista en la anunciada reforma procesal (futuro Código Procesal Penal).
El Anteproyecto de LOPJ reorganiza el diseño de la Audiencia Nacional. La principal novedad se materializa en el ámbito penal, donde habrá tres jueces instructores pertenecientes a la denominada Sección colegiada de Garantías de la Instrucción, de la que formarán parte los actuales jueces centrales. La lectura que desde distintos ámbitos se ha hecho de esta reforma es que supone en la práctica acabar con los jueces estrella que llevan los asuntos más polémicos, como el caso Gürtel o los ERE de Andalucía.
Abre la casación del Tribunal Supremo
En cuanto al Tribunal Supremo, se introducen dos importantes novedades en materia procesal. Por un lado, abre la casación a cualquier resolución de los demás tribunales en materia Civil y Contenciosa cuando exista un interés casacional o sea conveniente para alcanzar la unificación de doctrina. Por el otro, los jueces podrán plantear al Alto Tribunal una cuestión jurisprudencial previa.
Mayores competencias de los TSJ
En cuanto a los Tribunales Superiores de Justicia, mantendrán su condición de máxima instancia judicial en el ámbito autonómico. No obstante, la futura LOPJ les confiere mayores competencias. En concreto, asumirán las que en la actualidad tienen las Audiencias Provinciales en materia de apelación Civil y mantendrán las que tenían en las jurisdicciones Contencioso-administrativa y Social. Además, continuarán encargándose de investigar y juzgar a los aforados que les atribuyan los correspondientes Estatutos de autonomía y de resolver los recursos de casación en materia de derecho autonómico.
Independencia judicial
El Anteproyecto de LOPJ también incorpora la reforma relativa al Consejo General del Poder Judicial, si bien dicha Ley adelantó su entrada en vigor para adecuarse a los requisitos establecidos en la misma de renovación del órgano rector de los jueces. No obstante, la LOPJ incorpora algunas novedades, entre las que cabe destacar la posibilidad de que el CGPJ ordene a un medio de comunicación, un político u otro juez que deje de informar o hablar sobre el trabajo de un magistrado que sienta perturbada su independencia judicial.