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20/04/2024. 17:40:09

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Una Red Marroquí de Cooperación Jurídica Internacional

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La Red Marroquí de Cooperación Jurídica Internacional reúne a un grupo de jueces expertos en la cooperación judicial internacional que han asumido la función de facilitar, mejorar y promover la asistencia judicial solicitada o concedida por Marruecos, a través de la asistencia activa y apoyo a las autoridades judiciales competentes, tanto nacionales como extranjeras, mediante el establecimiento de contactos informales. Esta semana, Francisco Caamaño ha asistido en Rabat a su lanzamiento.

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La Red Marroquí de Cooperación Jurídica Internacional, a cuyo lanzamiento ha asistido el Ministro de Justicia junto a su homólogo marroquí, es el resultado del trabajo de varios equipos hispano-marroquíes de jueces y fiscales.

Está formada por un grupo de cincuenta jueces y fiscales expertos en cooperación jurídica internacional con la misión de facilitar, mejorar y fomentar esa cooperación solicitada y prestada por Marruecos, mediante el asesoramiento activo y apoyo a las autoridades judiciales implicadas.

Para su creación se ha tomado como modelo las ya existentes en Europa e Iberoamérica, apoyándose fundamentalmente en la Red Judicial Española. Se trata de la primera experiencia de estas características puesta en marcha en un país árabe y tiene como horizonte la creación de una red de países árabes, que vendría a articularse con las ya existentes en Europa.

La red ahora puesta en marcha forma parte de un proyecto de cooperación bilateral financiado por España, principalmente por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Sus objetivos consisten en el perfeccionamiento de los sistemas de cooperación jurídica internacional, y la mejora de la asistencia jurídica a los colectivos más desfavorecidos, facilitando el acceso a la Justicia de personas sin recursos y mejorando la protección y atención a las mujeres maltratadas, a los menores en situación vulnerable y a las personas privadas de libertad.

Una vez que su funcionamiento sea un hecho, el trabajo que se desarrollará será sobre la base de las consultas solicitadas por las autoridades judiciales, tratando de ser eficaces. Además, se quiere contribuir a la creación de instrumentos para facilitar, mejorar y promover la cooperación judicial internacional.

Aparte de ello, se ha ampliado el convenio de extradición firmado entre España y Marruecos en mayo de 1997. En él, se recoge ahora la pena de muerte y la cadena perpetua, como motivos obligatorios de denegación de extradición en caso de que el Estado requirente no aporte garantías suficientes de que ambas penas no se ejecutarán. El tratado ahora firmado regula también el procedimiento abreviado de extradición para el caso en que la persona reclamada consienta a ser extraditada y contempla expresamente la entrega temporal con un plazo de permanencia en el Estado interesado.

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