Los empleados temporales del Servicio Cántabro de Salud (SCS) pueden solicitar los complementos establecidos en la carrera profesional con el mismo derecho que los trabajadores fijos si cumplen las condiciones exigidas para ello, según una sentencia del Juzgados de lo Contencioso número 2 de Santander.

El fallo, dado a conocer por el sindicato SIEP,
estima un recurso promovido contra la administración sanitaria por empleados
que se vieron excluidos de la carrera profesional por tener contratos
temporales, ya que el acuerdo que regula ese complemento dispone que sólo puede
cobrarlo el personal estable.
El juez entiende que ese acuerdo genera una desigualdad injustificada entre los
empleados fijos y los temporales, cuando en la realidad se dan situaciones en
la que los empleados temporales cumplen los años de antigüedad exigidos para
optar al complemento.
"Si estamos ante situaciones de equivalencia material, con continuidad en
el tiempo de la relación pública de empleo, el régimen jurídico debe ser el
mismo en el aspecto que esa equivalencia se manifieste, en este caso en el
complemento de carrera, y ello aunque la misma sea producto de una práctica
administrativa que no es coherente con la finalidad y sentido que la norma da
al personal laboral", razona el magistrado.
La sentencia sólo concede a los demandantes el derecho a solicitar ese
complemento en igualdad de condiciones que sus compañeros con contrato fijo,
porque ahora corresponde al SCS valorar si cumplen el resto de requisitos
exigidos para cobrarlo.
Para el SIEP, este fallo "pone fin al clasismo propiciado por la actual Consejería de Sanidad en cuanto al trato que proporciona a los trabajadores".