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20/04/2024. 10:57:07

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La nueva Ley del Registro Civil

Letrado de la Administración de Justicia. Especialista en Derecho Registral

 

La nueva Ley del Registro Civil viene a transformar de un modo radical este caduco modelo registral

Los Comentarios que se presentan en esta obra analizan de forma rigurosa y actualizada, artículo por artículo, la nueva Ley registral

Tras la entrada en vigor de la nueva Ley del Registro Civil, el 30 de abril de 2021, resultaba necesario presentar a los juristas y operadores registrales y al público en general, la obra Comentarios al nuevo modelo de Registro Civil (Aranzadi)  en donde, con un lenguaje claro, se comentase de manera rigurosa el nuevo modelo registral que nos propone la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil y, a su vez, aclarase y actualizase las numerosas modificaciones legislativas que la Ley ha sufrido en sus casi diez años desde su publicación hasta su entrada en vigor el 30 de abril de 2021, y también, desde esta fecha hasta el momento presente.

   En nuestro país, hemos tenido un modelo de Registro Civil durante más de 150 años basado en la constatación territorial de los hechos concernientes a las personas, con un sistema de división del Registro Civil en Secciones –nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales- y, además, judicializado. La llevanza del Registro Civil estaba encomendada a jueces y magistrados.

   La nueva Ley del Registro Civil viene a transformar de un modo radical este caduco modelo registral y considerar, por fin, que el Registro Civil es una de las funciones básicas del Estado y que su modernización debe ser una prioridad para el mismo.

   La Constitución Española de 1978 sitúa a las personas y a sus derechos en el centro de la acción pública. En consecuencia, un modelo registral coherente con nuestra Constitución ha de asumir que las personas son su única razón de ser. Así, frente al modelo registral de la Ley de 1957 basado en los hechos, la Ley registral de 2011 nos propone un Registro donde prioriza la persona. Este es el modelo registral de la Ley de 2011. Un Registro Civil “de” las personas y “para” las personas.

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