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07/05/2024. 22:02:14

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Práctica Jurídica

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La transición de la incapacitación judicial a la figura de la asistencia: hacia una justicia más inclusiva

Hace algunas semanas tuve ocasión de dar una conferencia sobre la Ley de Asistencia y las medidas de apoyo que sustituyeron a la figura de la incapacitación judicial. Previamente a ofrecer dicha charla, había tenido oportunidad de asesorar a varios clientes cuyos respectivos padres se encontraban en situación de...

Reglamento sobre ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Roma II)

El Reglamento se aplica a las obligaciones extracontractuales en materia civil y mercantil. Son parte todos los Estados miembros de la UE excepto Dinamarca. Pero la disposición tiene alcance erga omnes, o sea universal. Por tanto, al entrar en vigor desplazará a las normas de origen interno en la materia. La regla general consiste en que la ley aplicable a una obligación extracontractual derivada de un hecho dañoso es la del país donde se produce el daño. También, se contienen reglas específicas para determinadas materias. Además, la "cláusula de escape" permite operar el principio de proximidad. Dentro de ciertos límites se da entrada a la libertad de elección de ley aplicable.

Novedades en cuanto a la notificación y al traslado de documentos en la U. E.: el reglamento (CE) 1393/2007 sustituirá al reglamento (CE) 1348/2000

La constante preocupación por mejorar los instrumentos que facilitan el buen funcionamiento del mercado interior, ha llevado a propiciar la sustitución del Reglamento (CE) 1348/2000 por el Reglamento (CE) 1393/2007. Este introduce pocas novedades respecto del texto anterior. Las principales en cuanto a la precisión de su ámbito (art. 1), la negativa a aceptar un documento por desconocimiento del idioma (art. 8 y Anexo II) y la notificación por correo (art. 14).

Nueva ampliación del espacio Schengen

El 21 de diciembre de 2007, Estonia, la República Checa, Lituania, Hungría, Letonia, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia entraron a formar parte del espacio Schengen, eliminándose los controles en las fronteras interiores terrestres y marítimas entre estos Estados y los 15 países que ya formaban parte del mismo.

Tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.

El alto número de expedientes de adquisición de la nacionalidad española por residencia que actualmente hay que tramitar, y que previsiblemente aumentará en el futuro, ha llevado a la Dirección General de los Registros y del Notariado a dictar esta importante Instrucción. En ella subyacen tres ideas: hacer más operativos los procedimientos, facilitar la tramitación a los ciudadanos y abordar específicamente los problemas suscitados cuando el interesado es menor o incapacitado.

En defensa de los derechos de los extranjeros

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales los artículos de la Ley de Extranjería que condicionaban el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación y la libertad de sindicación a poseer autorización de estancia o residencia en España.

El TJCE condena a España por incumplir la directiva sobre residentes de larga duración

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas condena a España en el asunto C-59/07 por no adaptar su Derecho interno a la Directiva 2003/109/CE relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.

Directrices básicas del nuevo reglamento de comunitarios

El 2 de abril de 2007 entró en vigor el nuevo reglamento de comunitarios que establece novedades importantes sobre el estatuto jurídico de la Unión Europea y nacionales de otros estados parte en el acuerdo sobre espacio económico europeo.

Autorización de residencia y pareja de hecho

Por primera vez se concede una Autorización de Residencia a la pareja de hecho de un ciudadano de la Unión Europea basándose en la inscripción en el registro de parejas de hecho de Vizcaya. Se trata de la resolución de 13 de noviembre de 2007.

Control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso

En línea con los compromisos internacionales adquiridos, con la ley 53/2007 el legislador estatal regula el procedimiento de control las transferencias de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.
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