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27/07/2024. 03:11:51

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BOE y seguridad jurídica… o eso creíamos

Javier Fuertes

Magistrado. Doctor en Derecho

La necesidad de publicación en el correspondiente Diario Oficial de las normas es un elemento esencial un sistema jurídico. Así lo señala el artículo 2.1 del Código Civil al establecer que “las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa” y, por ello, el artículo 1 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado» dispone que “el «Boletín Oficial del Estado», diario oficial del Estado español, es el medio de publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria”.

Más claro, agua. En él, en su versión electrónica, se encuentra la verdad jurídica. Más tarde vendrán la realidad, quienes ejercen la abogacía, los profesores de Derecho y los jueces a explicar e interpretar las normas… pero la verdad está en el Boletín Oficial del Estado, único lugar en el que reposa la seguridad jurídica… o reposaba.

El Boletín Oficial del Estado en un bien mandado. Se rige por el referido Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, y por su Carta de Servicios, aprobada por Resolución de 1 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría (publicada en el propio Boletín Oficial del Estado 29 de septiembre de 2020). En esa Carta de Servicios para el período 2020 – 2023 (que se puede consultar en https://www.boe.es/organismo/documentos/carta_servicios_agencia_2020_2023.pdf) se señala, y en lo que aquí interesa, que constituye el objeto y fines de la Agencia (porque el BOE es una agencia) la edición, publicación y difusión del «Boletín Oficial del Estado» (BOE), medio en el que se publican las leyes, disposiciones y otros actos de inserción obligatoria y del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» (BORME) (apartado 1), lo que supone que “ofrece el texto consolidado, es decir, actualizado, de más de 9.000 normas estatales y autonómicas”.

El Boletín Oficial del Estado es el lugar, por tanto, en el que el ciudadano puede acceder a esa verdad jurídica como es la redacción de una determinada norma porque el Boletín Oficial del Estado es el guardián, el jardinero fiel, que cuida del jardín del ordenamiento jurídico.

Pero lo cierto es que vivimos (llevamos viviendo) tiempos convulsos en los que lo de legislar se ha convertido en cualquier cosa, menos en un arte, desde luego… y las gentes (las buenas gentes) que velan por el ordenamiento jurídico hacen ya no lo que pueden, si no lo que les dejan.

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