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06/05/2024. 16:32:05

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De año de nieves (de elecciones), año de bienes (de producción normativa) … al caos jurídico

Magistrado. Doctor en Derecho

He de confesar que me gustan los Boletines Oficiales del Estado que se abren con una Ley. Llevamos una legislatura tan escasa de normas legales (relevantes quiero decir), que cuando uno se encuentra la palabra Ley en el BOE no puede evitar un cierto sobresalto.

El Boletín Oficial del Estado del día 9 de mayo de 2023 se abría con la publicación de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.

Se trata de algo a lo que nos vienen acostumbrando en los últimos tiempos: a transponer tarde y mal las Directivas comunitarias. Y es que, como señala (como no tiene más remedio que reconocer) el Preámbulo de la propia Ley “el pasado 15 de julio se publicó el Informe Anual sobre Aplicación del Derecho de la UE correspondiente al año 2021, en el que España figuraba, a 31 de diciembre de 2021, como el Estado miembro con mayor número de procedimientos de infracción abiertos por la Comisión, con 105”.

Y en esa forma de legislar se transponen (en forma de ensalada) hasta seis Directivas:

  1. Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios, cuya fecha límite para su transposición por los Estados miembros era el 28 de junio de 2022.
  2. Directiva (UE) 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2021, relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de alta cualificación, con fecha límite para la transposición el 18 de noviembre de 2023 (vamos bien, pero que nadie se asuste, se trata de una transposición parcial, con lo que nos queda tiempo para incumplir).
  3. Directiva (UE) 2020/284 del Consejo, de 18 de febrero de 2020, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la introducción de determinados requisitos para los proveedores de servicios de pago, cuyas normas serán de aplicación desde el 1 de enero de 2024.
  4. Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades (que había que haber transpuesto antes del día 1 de agosto de 2021).
  5. Directiva (UE) 2020/262 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, por la que se establece el régimen general de los impuestos especiales (que había que haber transpuesto una parte antes del 31 de diciembre de 2021 y otra antes del 13 de febrero de 2023).
  6. Directiva (UE) 2020/1151 del Consejo, de 29 de julio de 2020, por la que se modifica la Directiva 92/83/CEE relativa a la armonización de las estructuras de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas (que había que haber transpuesto, antes del 31 de diciembre de 2021.

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