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26/04/2024. 00:38:22

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El hermoso lío de la protección de datos

Magistrado. Doctor en Derecho

(Sobre Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines penales)

En el Boletín Oficial del Estado de 27 de mayo se publica la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Se trata de una norma largamente esperada y que, como todas en este ámbito, encuentra su origen en Europa. Pero vamos a situarnos en la situación. El mes pasado la Unión Europea imponía a nuestro país una multa de 15.000.000 de euros y otra de 89.000 euros diarios por no haber transpuesto en plazo la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo. No está mal.

Pero es que la situación es, todavía y aunque parezca increíble, más absurda de lo que pudiera parecer, porque hemos no hemos transpuesto esta norma (cuyo plazo acababa “a más tardar el 6 de mayo de 2018”… tres años de retraso, ya está bien), en tanto que nos hemos empeñado en el “transponer” (si es que se puede llamar así) el Reglamento Europeo de Protección de Datos que había sido aprobado por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, norma que, por su rango (Reglamento de la Unión Europea) ni precisaba ni requería de transposición. Es más, se pidió expresamente que no se transpusiera y nuestro Gobierno primero y nuestro legislador después tan hacendosos y prudentes (y más papistas que el Papa) primero dictaron el Real Decreto-ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos, que después fue derogado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (mezclando, en este último caso, churras con merinas).

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