LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

28/03/2024. 17:44:39

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La obligación de cotizar a la Seguridad Social: de la Escuela de Fútbol Base al profesor asociado

Doctor en Derecho. Abogado ICAM

Fulgencio Pagán Martín-Portugués

El fútbol base anda convulso con la obligatoriedad de que coticen todas las percepciones que perciben los monitores, ayudantes, y demás personas vinculadas al mismo; este colectivo, que contribuye a la existencia de esa gran y encomiable labor de los niños en las escuelas de fútbol, se encuentra profundamente preocupado por las consecuencias derivadas de esta sobrevenida situación avecinando un borrascoso horizonte y una práctica desaparición de al menos el 75% de los equipos de fútbol base existente a la fecha, el dato estimativo es real.

A raíz de ciertas actuaciones de la Inspección de Trabajo, eso sí de momento realizadas siempre previa denuncia, se pretende se cotice, de forma regular, a la Seguridad Social las percepciones que perciban los monitores, ayudantes, entrenadores…; sobre esto, y recientemente en Murcia en la Facultad de Ciencias del Trabajo el pasado 25/3/2015, tuvimos la oportunidad de debatir en una mesa redonda, donde tuve la suerte de participar, y donde se aportaron distintas soluciones como el Pocket Money, modelo admitido en países de nuestro entorno, y haciéndose saber, a la vez que se comunicaba la propuesta de este modelo del Pocket Money el rechazo que éste había producido en el seno del Consejo Superior de Deportes, dado que por este se manifestaba que si todo salario se cotiza por qué éste del fútbol base había de ser distinto y no tenía que hacerlo, y por qué tenía que existir un límite mínimo exento.

Desde diversas instancias, se ha solicitado un trato diferenciado de cotización a este colectivo de fútbol base, de forma que el importe o se redujera o quedara, al menos en un principio, sometido a un porcentaje testimonial, esto es, cotizar sí, pero no de la misma forma, ni en los mismos porcentajes que una relación laboral común; mi humilde propuesta pasa por que estos emolumentos se sometieran a cotización por Accidente de Trabajo, Enfermedad Profesional, Fondo de Garantía Salarial, Desempleo y Formación Profesional; esto es, se omitieran las cotizaciones por las denominadas contingencias comunes, que son las más gravosas, y en actividades secundarias no tan necesarias. Entiendo que empezar por esto ya sería un avance, y que podría ser suficiente, al menos de momento.

Quiero apuntar que de igual forma que se ha establecido un trato diferenciador o límite por 50.000 euros para la obligatoriedad de confeccionar el Impuesto de Sociedades a los clubes y asociaciones, por qué no se marca un límite de exención de cotizar en los mismos términos, es decir de igual manera que se otorga una exención de tributación, se establezca una exención de cotización; así, y a modo de propuesta podría eximirse la obligatoriedad de cotizar del importe que se estableciera como Pocket Money. Sería un avance.

Aprovechando que curiosamente el Consejo Superior de Deportes, depende del Ministerio de Cultura, quizás sea la oportunidad eliminar la exención de cotización de las percepciones del profesorado funcionario, DA 22.1.a, LO 6/2001; pues si el personal funcionario queda eximido de Seguridad Social no se entiende que no se pueda aplicar este criterio a los monitores o entrenadores de las escuelas de fútbol que sean funcionarios o acrediten cotización a jornada completa. En este punto hago mía la pregunta, de un admirado juez de lo contencioso, también profesor contratado bajo esta naturaleza, que pregunta qué ocurrirá cuando un profesor asociado se caiga por las escaleras al entrar o salir de clase, pues todos sabemos que según el ordenamiento jurídico laboral su calificación sería un accidente de trabajo del art.115 de la Ley General de la Seguridad Social.

Así las cosas, y puestos a legalizar y regularizar salarios y cotizaciones, nada impide que se materialice la regulación en los dos colectivos, – monitores fútbol base y profesores asociados -, y todo por que aun siendo enseñanzas distintas, la identidad de falta de cotización en muchos casos es idéntica, con un plus añadido que facilita esta magnífica oportunidad, y es que ambos dependen del mismo Ministerio, y ya puestos, se podría aprovechar para dignificar, y actualizar, sobre todo a nivel salarial, a estos magníficos profesionales que son los profesores asociados y que permiten aportar al campo teórico la vivencia práctica diaria de la disciplina que imparten. Aprovechemos la oportunidad.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.