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18/04/2024. 23:18:13

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Los nuevos criminales

Abogada especializada en Derecho de Extranjería

Isabel López Ramos

La autora les invita a conocer el sector más desfavorecido y precario de la sociedad y defiende a los manteros.

Los nuevos criminales de este siglo son los nuevos esclavos del mismo.

Hoy en día, la venta de CD y DVD piratas, convierte en peligrosos delincuentes a los vendedores de estos artículos, por regla general, extranjeros "sin papeles".

La mala técnica jurídica con la que se aplica el vigente Código Penal, no distingue a los grandes defraudadores (aquellos que reproducen y distribuyen al por mayor o en masa, las obras artísticas sin autorización de sus titulares), de los que se limitan a vender copias pirata en la calle por una ridícula cantidad.

A los primeros es difícil desenmascararles, pues su organización está preparada para que la clandestinidad los proteja. A los segundos, les queda el frío en invierno y el calor en verano. Esto se traduce en sufrimiento humano, ya que sólo en cárceles hay decenas de personas que cumplen penas de prisión por exponer y vender estas copias en las calles de nuestro país.

Son los "top manta" los que asumen la responsabilidad con desproporcionada dureza del artículo 270 del Código Penal sobre delitos contra la propiedad intelectual e industrial, cumpliendo condenas judiciales de seis meses hasta dos años de cárcel, con multa y expulsión del territorio nacional, una vez cumplida la pena de prisión. Un equivalente a la pena por cometer robo con intimidación o a conducir borracho; acciones éstas de enorme inseguridad social.  

Son muchas las organizaciones sociales, colectivos y personajes públicos, incluyendo estamentos del mundo jurídico, las que están iniciando campañas de sensibilización contra la criminalización de estos "sin papeles". Los jueces de nuestro país, como seres humanos integrados en la sociedad, pueden palpar la real situación de las personas, algo que la ley no es capaz de sentir. Por ello, ya existen sentencias en toda España que señalan la venta callejera como insuficiente para el reflejo punitivo de la ley, y en este sentido, reconocen que la venta callejera de CD pirata la realizan normalmente personas, en su mayoría africanos, de muy precarios medios económicos.

Las Audiencia de Madrid, Vizcaya y otras provincias consideran que estos actos deberían ser reglados por las normas de orden público, pero nunca mediante la intervención del Derecho Penal, pues, si bien es cierto que los actos son ilícitos, no son violentos ni peligrosos para la salud pública.

Estas personas, únicamente tratan de ganarse la vida, son los más vulnerables de la sociedad, personas sin papeles a los que se ingresa en prisión, o en los CIE (Centros de Internamiento para Extranjeros), en muchos casos, únicamente por estar cerca de las mantas donde exponen, y sin poderse acreditar, como exige el artículo 270.1 del Código Penal, que los soportes contienen las obras que se corresponden con las obras auténticas y si las mismas carecen o no de la autorización de los titulares, o si continúan vigentes los derechos de explotación en exclusiva.

La conducta del tipo del artículo 270, exige una mínima infraestructura y un concierto de organización, que "los manteros" no tienen.

La evolución de esta corriente en contra de la criminalización de los vendedores piratas, está en marcha, y avanza con buen pie, instando al Gobierno de la Nación, para que actúe contra los grandes defraudadores y al Parlamento para la revisión del Código Penal y la atenuación de estas penas.

Que tire la primera piedra el que nunca compró un CD pirata o no tiene algún allegado que lo hiciese.

Que firme el manifiesto entonces.

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