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19/03/2024. 09:08:22

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Ser competente en tiempos de incompetencia

  • La vieja cuestión técnica de la competencia goza de buena salud y marca el rumbo de infinidad de litigios
  • La competencia técnica y la altura ética son los laureles que deberían adornar a todo jurista

Decía Miguel de Unamuno en 1917 que le aterrorizaba cuando alguien, con mando público en la plaza, se calificaba de “competente”. Quizá al ilustre catedrático de griego le sonaba a arameo la construcción dogmática del derecho público en torno a la competencia, como ámbito funcional al que se ciñen determinados poderes o facultades.

Se habla así, por ejemplo, de competencia de los juzgados y tribunales, de competencia de las Comunidades Autónomas o de competencia de una autoridad u órgano para sancionar.

La competencia de juzgados y tribunales (además de su jurisdicción) es una cuestión de orden público que no admite relajo, y por eso se aprecia de oficio o a instancia de parte, aunque dada la casuística siempre hay cuestiones secantes a varios órganos jurisdiccionales que deben residenciarse en unos u otros.

En cambio, la cuestión de la competencia de las Comunidades Autónomas respecto del Estado, y de aquéllas entre sí, tuvo su esplendor en la primera década de vigencia constitucional, pues ahora ya está trazado el mapa competencial con criterios claros, por lo que los conflictos de competencia son por excepcional goteo.

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