Caso Palomo Sánchez y otros (Sentencia de 12 de septiembre de 2011) (TEDH 2011,68) Libertad de expresión. Sindicatos. Libertad sindical. Derecho al honor
Legitimación del despido de sindicalistas por las ofensas incluidas en artículo y caricatura publicada en boletín mensual y clocada en tablón de anuncios de la empresa

-
Supuesto de hecho
Los demandantes, trabajadores sindicalistas que mantenían un litigio laboral con su empresa, fueron despedidos tras la publicación en un boletín informativo mensual de un dibujo, en el que aparecían el Director de recurso humanos y varios trabajadores en una situación denigrante, y un artículo bastante duro en el que se criticaba la defensa que de la empresa habían hecho dos de esos empleados. La causa alegada por la empresa para el despido fue un incumplimiento grave por ofensas a las personas que trabajan en la empresa.
Alegan vulneración de sus derechos a la libertad de expresión y relacionado con ello, de su derecho a la libertad sindical
-
Criterio o ratio decidendi
El Tribunal, reunido en Pleno, confirma en esta sentencia la dictada por la Sala el 8 de noviembre de 2009 en este mismo caso, donde ya dictaminó que no había existido vulneración del derecho a al libertad de expresión. Considera al igual que los tribunales españoles, que el despido estaba motivado por el contenido del boletín y no por la pertenencia de los demandantes al sindicato y justificado por la finalidad legítima de proteger la reputación de terceros.
Teniendo en cuenta el marco de conflicto laboral existente en la empresa en el momento de la publicación del boletín y el alcance de la libertad de expresión en el ámbito de las relaciones laborales, el Tribunal considera que la publicación en cuestión excedió el límite de la crítica razonable. Por tanto, el despido resultó ser una medida proporcionada teniendo en cuenta la gravedad de las expresiones vertidas en el artículo y lo ofensivo del dibujo.
-
Documentos relacionados
Caso Fuentes Bobo contra España (TEDH 2000,90), Caso De Diego Nafría(TEDH 2000,15)