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Los profesionales de la enseñanza y la sanidad públicas son funcionarios. ¿Alguien lo dudaba?

Juan Iribarren Oscáriz
Abogado

Consulta de la FGE de 25 de noviembre de 2008 (JUR 2009, 24419) Funcionarios públicos Atentado contra la autoridad, resistencia y desobediencia.

Los profesionales de la enseñanza y la sanidad públicas son funcionarios. ¿Alguien lo dudaba?

La Fiscalía General del Estado considera que existe delito de atentado cuando las agresiones son ejecutadas contra funcionarios públicos en el ámbito de la sanidad y de la educación, siempre que concurran los demás elementos que configuran tal delito.

  • Supuesto de hecho
    Incidencia social de las agresiones producidas a funcionarios públicos en el ámbito de la enseñanza y la sanidad. Debate sobre su inclusión en el concepto de funcionario a los efectos de la tipificación como atentado. Consideraciones generales sobre el tipo del atentado: elementos, bien jurídico protegido, sujeto pasivo.
  • Criterio o ratio decidenci
    Las actividades realizadas por funcionarios públicos en el ámbito del derecho a la educación y del derecho a la salud, constituyen materias que afectan a los principios básicos de convivencia en una sociedad democrática, y por tanto, al bien jurídico protegido por el delito de atentado.
    Por lo tanto, las agresiones ejecutadas contra funcionarios públicos en el ámbito de la sanidad y de la educación, consistentes en acometimiento, en empleo de fuerza, intimidación grave o resistencia activa también grave, quedan incluidas en el ámbito de la tutela penal arbitrada por el delito de atentado, siempre que concurran los demás elementos que configuran tal delito.
    Por el contrario, los trabajadores o empleados de empresas o instituciones privadas, aunque éstas -en concierto o mediante cualquier otra fórmula de relación con la Administración- participen en el ejercicio de funciones sociales, no ostentan la condición de funcionarios públicos a efectos penales.
  • Documentos relacionados (Si es usted cliente de Westlaw, puede consultar esta información)
    Sentencias contrarias a la posición de la FGE     
    • AAP Sevilla, de 2 diciembre 2005 (JUR 2006, 173060)
    • SAP Girona, de 28 septiembre 2006 (JUR 2008, 112575)
    • Voto particular de la STS (Sala de lo Penal), de 4 diciembre 2007 (RJ 2008, 648)

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