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12/11/2024. 10:40:07
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Llega un nuevo cliente criticando a su anterior abogado. ¿Cómo debemos actuar?

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

No es extraño que a lo largo de la carrera profesional de un abogado surjan situaciones en las que un nuevo cliente, durante el primer encuentro censure la actuación o conducta de su anterior letrado, proceder que es precisamente el que habría justificado la retirada del expediente y el cambio de profesional.

Dibujo de una persona escuchando a otras dos mientras hablan

En estas ocasiones las censuras van desde la queja por falta de atención o preparación, hasta la imputación de conductas infractoras de normas deontológicas, negligencia o, en el peor de los casos, la imputación de una actividad delictiva (incluyéndose en este capítulo tanto conductas que afectan tanto al patrimonio del cliente como a la deslealtad profesional del abogado)

En este momento, el abogado que recibe a su nuevo cliente se encuentra ante una tesitura en la que la conducta que adopte ante ese comentario crítico es de mayor importancia, no solo para sentar las bases de la relación con su cliente, sino para establecer una posición de defensa y respeto de nuestro colectivo.

Y aquí nos encontramos ante dos posturas bien diferentes.

Una primera, en la que el abogado, escucha al cliente y a través de su lenguaje verbal y no verbal, se identifica con el mismo y le da la razón en todo lo que afirma. Para ello, se sirve de sutiles comentarios en los que se "rasga las vestiduras" sobre el comportamiento del compañero. En otras ocasiones, sin hacer un juicio directo, transmite al cliente con una leve sonrisa o un movimiento del entrecejo su rechazo a la conducta de aquel y su adhesión a éste.

Esta posición, generalmente encuentra su razón de ser en una cuestión de oportunidad, en la que el letrado, probablemente acuciado por la situación de crisis y dura competencia en la que se encuentra nuestro colectivo, opta por lo fácil, es decir, por aliarse con el cliente para que no se disguste y no le encargue el asunto. Así de sencillo y así de triste.

Por el contrario, en la segunda postura, el abogado escucha sin pestañear y no entra al trapo, manteniendo un respetuoso silencio en la que, sabedor de que no puede emitir un juicio sobre algo que no conoce y que además podría perjudicar a un compañero de profesión, deja bien claro al cliente que ese es su problema y que el está para limitarse a prestar un servicio, pasando inmediatamente a ocuparse del asunto.

En este caso, el abogado tiene claro su compromiso con la profesión y sabe lo que es la lealtad profesional, siendo consciente del daño que estaría ocasionando al colectivo echando barro al anterior abogado.

Obviamente, estoy y siempre he estado con esta última posición, pues ella se identifica con la lealtad y compañerismo que debe presidir la relación entre abogados. "Los Abogados deben mantener recíproca lealtad, respeto mutuo y relaciones de compañerismo", indica el artículo 12 de nuestro Código Deontológico, norma que persigue alcanzar un espíritu de hermandad y solidaridad entre los abogados, quienes con independencia de la competitividad inherente a su labor, deben mantener un respeto mutuo perfectamente exportable a una situación como la anteriormente expuesta.

Efectivamente, el apoyar al cliente, confiando en su "verdad" constituye en estos casos un craso error, puesto que, sin saberlo, podríamos estar cometiendo una gran injusticia con el compañero saliente, al igual que esta misma injusticia podrían haberlo sufrido otros abogados que se hubieran topado con el mismo cliente en un pasado no muy lejano.

Además de mantener esta postura de respetuoso silencio con el compañero caído en combate, hemos de tener también en cuenta que cuando un cliente nos viene con este tipo de comentario hemos de agudizar nuestros sentidos y sacar de su estuche la bandera roja (red flag), que viene a significar que podemos encontrarnos ante un potencial cliente difícil y hemos de estar preparados para sopesar si nos interesa continuar con el encargo o, en su caso, establecer claramente los límites de la relación. De hecho, un alto porcentaje de los clientes complejos suele proceder de aquellos que inicialmente censuraron abiertamente al último abogado al que le retiraron los papeles. Dicho de otra forma: Tú podrías ser el próximo…

Vaya en descargo del cliente que puede que tenga razón. No lo pongo en duda, pues aquí como en todas las profesiones se producen actuaciones más que censurables, pero nuestra primera obligación como leales colegas es, desde el principio, poner internamente en tela de juicio dicha información, no emitir juicio alguno expreso o tácito, y centrarnos en el asunto. Es más, si tenemos ocasión de hablar con el compañero de ser precisa la venia o por cualquier otra circunstancia, ahondar en el asunto y obtener información para disponer de una opinión contrastada de lo que ha ocurrido, lo cual nos ayudará a recorrer sin sobresaltos el camino emprendido con nuestro cliente.

 

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