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27/04/2024. 01:31:16

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Una sentencia en Gijón concede la propiedad de la vivienda a los niños | El juzgado otorga la custodia compartida y los padres deberán turnarse cada seis días en la casa

Un juez obliga a unos divorciados a vivir por turnos en el piso de sus hijos

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Incluye la sentencia

Una casa vista desde abajo.

Un juez ha concedido la vivienda de una pareja que se acaba de divorciar a los dos hijos del matrimonio, de cuatro y seis años, quienes deberán permanecer en el domicilio familiar mientras que sus padres tendrán que turnarse cada seis días para vivir bajo el mismo techo que los niños. Es la segunda sentencia que dicta en ese sentido Ángel Campo, el titular del juzgado de instancia número 8 de Gijón y que es ya conocido entre los jueces de familia de todo el país por sus fallos proclives a desarrollar los sistemas de mediación familiar y la custodia compartida. En la demanda de divorcio, la madre había solicitado que se le concediera sólo a ella la custodia. Además de la sentencia, el juez recomienda en el auto una serie de consejos a los padres para que el divorcio no dañe la autoestima de los niños y les advierte que retirará la custodia al cónyuge que vulnere estas medidas. El propósito del juez para otorgar la residencia de la vivienda a los hijos es que el divorcio de sus padres suponga el menor cambio posible de su vida habitual. Así, intenta que no tengan que ser estos los que se muden de casa si tuvieran que cumplir con los periodos que se fijasen para permanecer con cada uno de los dos progenitores. En ese sentido, la sentencia entiende que esta forma de custodia compartida es la que proporciona una mayor estabilidad para los menores.

El cumplimiento del fallo no originará trastornos a los padres, dado que el horario de trabajo de ambos y su estabilidad laboral y económica les permite compaginas estas tareas. Además, cada uno de los cónyuges deberá costear el 50% de los gastos que ocasionen la educación y mantenimiento de sus hijos durante el tiempo que dure esta custodia compartida, así como los derivados de esta sentencia. En su auto, el juez Ángel Campo acompaña una serie de consideraciones que entiende como código de buenas prácticas de obligado cumplimiento para que el régimen de custodia compartida sea eficiente y de su incumplimiento podrían derivarse acciones judiciales restrictivas para el progenitor que las protagonizara. Entre estos consejos, el magistrado reclama a los padres que no desacrediten al otro miembro de su antigua pareja delante de los niños, ya que ambos se sienten parte de cada uno de ellos y esta crítica reiterada "podría dañar su autoestima". En ese mismo sentido se dirige el juez a los cónyuges solicitándoles que tengan un comportamiento adecuado con los niños para hacerles saber que en ningún caso ellos son los culpables de la separación.

Para el caso en el que la situación desborde a los padres y no puedan seguir los consejos judiciales, Ángel Campo les insta a "asumir el trance de la separación con calma y responsabilidad", recabando "asesoramiento terapéutico urgente", para evitar que los problemas terminen trasladándose a los hijos y "compliquen aún más poder enfrentar con éxito esta situación".

A finales del 2008 este juez ya dictó una sentencia en este sentido y en febrero del 2007 el Tribunal Superior de Justícia de Barcelona dictó la primera sentencia de custodia compartida en Catalunya, aunque eran los hijos los que tenían que cambiar de vivienda.

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