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No, tu próximo envío de Correos no te lo va a entregar un dron… por ahora

Marina Franganillo

Asociada de Information Technology de ECIJA

Imaginemos una situación futurista que parece estar cada día más cerca: escuchas un zumbido cada vez más intenso que se aproxima hacia tu casa. El ruido parece venir del cielo y se oye cada vez más. Parece incluso que desciende. Y, de repente, se para. El cartero ha llegado y tiene un paquete para ti.

Dron

Sí, estamos hablando de drones. Puede que estemos deseando vivir en primera persona esta escena más propia de una película de ciencia ficción, pero lo cierto es que en la actualidad se antoja complicado. Y no por falta de iniciativas.

Sin ir más lejos nuestro operador postal, Correos, ha estudiado la posibilidad de entregar paquetes con drones. Si estos aparatos pueden transportar peso, ¿por qué no utilizarlos para entregar paquetes, especialmente en zonas de difícil acceso? Que Correos se lo plantee no es extraño ya que, más allá de nuestras fronteras, muchos agentes del mercado han comenzado a planificar servicios de entrega mediante drones. En particular, cabe destacar el proyecto "Prime Air" que está desarrollando Amazon. La compañía dirigida por Jeff Bezos lleva un tiempo desarrollando el sistema que permita tener una flota de drones que emprenderían el vuelo hacia su destino, establecido por GPS, de forma autónoma y sin necesidad del control de ningún ser humano.

Todo -o casi todo- parece estar a favor de los planes de Amazon en Estados Unidos. En el día de ayer, la Federal Aviation Administration estadounidense ("FAA") hacía pública su propuesta de regulación para este sector en auge y que, como ocurre con cada nuevo desarrollo tecnológico, plantea interrogantes y genera inquietudes que no encuentran protección y/o respuesta dentro de la normativa vigente. Esta propuesta de regulación permitiría el uso comercial de las aeronaves no tripuladas, aunque bajo una serie de condiciones bastante estrictas, que se resumirían en los siguientes puntos:

  1. Deberán tener un peso máximo de 25 kgs.
  2. Únicamente podrán volar de día (entre las horas oficiales de salida y puesta de sol).
  3. No podrán volar a una velocidad superior a 160 km/h.
  4. Deberán mantenerse a un máximo de 152,5 metros de altura.

Asimismo, de aprobarse esta regulación, para operar un dron habría que tener al menos 17 años de edad y haber aprobado previamente un examen y obtenido el título correspondiente.

Sin embargo, antes de que todos (y, especialmente, Jeff Bezos) cantemos victoria, esta propuesta de regulación añade que el dron debe encontrarse, en todo momento, dentro del campo de visión de su operador, puntualizando que éste debe poder ver el dron durante el vuelo en todo momento, sin ayudarse de cualquier tipo de herramientas o dispositivos adicionales. Adiós a los vuelos autónomos.

Ante este panorama, hay que preguntarse si los drones podrían aterrizar con un paquete dentro de nuestras fronteras y, lamentablemente, la respuesta es no. Al menos de momento. Si bien Correos se lo ha llegado a plantear, en España no sería posible el uso de drones para estas actividades. Por un lado, el elevado coste de poner en marcha un sistema de entrega de estas características lo hace, de momento, inviable; por otra parte, aunque se lograse sortear ese obstáculo económico, la legislación vigente no lo permitiría.

Ante el ruido que se estaba generando en torno a los drones, nuestros legisladores decidieron aprobar, apresuradamente, una regulación temporal para el uso de estos aparatos, regulación que llegó por medio de un Real Decreto Legislativo en julio de 2014 y que fue posteriormente incorporado en una Ley aprobada el pasado octubre, la Ley 18/2014, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Concretamente, en esta ley se establece como requisito indispensable para el vuelo de drones en exteriores que, en todo caso, éste debe realizarse "fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de personas reunidas al aire libre", excluyendo así la posibilidad de que veamos drones sobrevolando las calles y, mucho menos, aterrizando en la puerta de nuestras casas.

Sin embargo, la regulación actual sobre drones, aprobada con algo de urgencia para cubrir una situación que cada vez cobraba más relevancia y que no se encontraba regulada en nuestro ordenamiento, no deja de ser temporal. Esta ley insta expresamente a la aprobación de un reglamento que regule todas aquellas situaciones que, de momento, no quedarían cubiertas por la regulación actual. Es de suponer que la normativa definitiva permitirá, tal y como vemos que empieza a ocurrir en países como Estados Unidos, los usos comerciales de drones, aunque quedarán, de nuevo, tal y como parece que ocurrirá al otro lado del charco, sujetos a unos estrictos requisitos.

Así, puede que en un futuro no muy lejano el cartero no llame a nuestra puerta y que sea un zumbido el que nos alerte, pero, de momento, nos tendremos que conformar con imaginarnos ese futuro que aún está por llegar.

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