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25/04/2024. 12:13:05

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¿Qué son las cuotas participativas?

abogada de Uría Menéndez

En este artículo se analizan, a grandes rasgos, la naturaleza y regulación de las cuotas participativas, valores negociables que han despertado cierto interés en los mercados financieros tras la primera emisión de cuotas participativas llevada a cabo por una caja de ahorros española el pasado verano.

¿Qué son las cuotas participativas?

Las cuotas participativas fueron creadas en el año 1988, mediante una reforma introducida en la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y Obligaciones de Información de los Intermediarios Financieros y Otras Normas del Sistema Financiero, como instrumento de captación de recursos propios para las cajas de ahorros. Posteriormente, la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, modificó sustancialmente el régimen de las cuotas participativas para, en cierta medida, flexibilizar los requisitos para su emisión y posibilitar la salida de estos valores al mercado. La regulación de las cuotas participativas se completó en el año 2004 con el Real Decreto 302/2004, de 20 de febrero, de Cuotas Participativas de las Cajas de Ahorro.

Sin embargo, y debido a razones muy diversas de orden jurídico, político y de oportunidad, las cuotas participativas no han visto la luz hasta el año 2008, año en el que una caja de ahorros ha realizado la primera emisión de estos valores negociables.

Las cuotas participativas son instrumentos de renta variable que representan aportaciones dinerarias de duración indefinida, que pueden ser aplicadas en igual proporción y a los mismos destinos que el patrimonio de la caja emisora. Las cuotas participativas tienen carácter nominativo, se representan mediante anotaciones en cuenta y confieren a sus titulares, llamados cuotapartícipes, determinados derechos económicos.

Las características esenciales de estos valores negociables son las siguientes:

  1. Presentan cierta similitud con las acciones emitidas por sociedades anónimas cotizadas, si bien no confieren a los cuotapartícipes derecho político alguno. Por su similitud con las acciones les es de aplicación, en determinadas cuestiones, la Ley de Sociedades Anónimas.
  2. Las cuotas participativas otorgan a sus titulares el derecho a participar en una parte del excedente de libre disposición de la caja emisora, es decir, en una parte del resultado de cada ejercicio de las cuentas individuales. Asimismo, los cuotapartícipes gozan del derecho de suscripción preferente respecto de nuevas emisiones, del derecho a obtener el valor liquidativo de las cuotas en caso de liquidación de la caja emisora y a obtener el valor de mercado de las cuotas participativas si la caja emisora se fusionara.
  3. La entidad emisora puede decidir la creación de un sindicato de cuotapartícipes, similar al sindicato de obligacionistas previsto en la Ley de Sociedades Anónimas para las emisiones de obligaciones, si bien su creación no es obligatoria. En caso de que dicho sindicato se cree por la entidad emisora, el presidente del mismo tendría el derecho de asistir a las asambleas generales de la caja con voz pero sin voto y determinados derechos de información.
  4. En caso de que se produjera una modificación del régimen jurídico de los derechos políticos de los cuotapartícipes, las cuotas participativas emitidas en dicho momento se deberán amortizar de forma automática. Con esta previsión, la reforma legislativa del año 2002 trató de paliar las suspicacias que las cuotas participativas generaban en algunos sectores, al ser vistas como un instrumento capaz de privatizar las cajas de ahorros.

Estas son, a grandes rasgos, algunas de las características de este singular valor negociable. En la primera emisión de cuotas participativas se ha puesto de manifiesto, sin embargo, que la normativa sobre cuotas participativas presenta algunas lagunas, y que la remisión hecha por esta normativa a la Ley de Sociedades Anónimas para completar la regulación de las cuotas participativas en algunos aspectos no puede ser automática, dada la diferente naturaleza de las cuotas participativas y las acciones y de sus respectivas entidades emisoras.

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