Tras un año de trámites, el Congreso de los Diputados pactó el 2 de julio un calendario de trabajo que cerraría el texto de la Ley de Transparencia el 23 de este mismo mes. El "caso Bárcenas" ha provocado el boicot de las fuerzas políticas al trámite de la Ley, cuya ponencia ha dado ayer el 25 de julio como nueva fecha de reunión. Se acaban de añadir a la Ley la Casa Real, los partidos políticos, sindicatos y entidades empresariales.
PP, CiU, PNV y UPyD, los partidos que permanecen en la ponencia de la Ley de Transparencia tras el abandono del Grupo Parlamentario Socialista, Izquierda Plural y el Grupo Mixto a causa de la no comparencia en sede parlamentaria de Mariano Rajoy tras la sucesión de acontecimientos del “caso Bárcenas” confían en que el 25 de julio se haya logrado que estos tres grupos vuelvan a los trabajos de la Ley de Transparencia y de ese modo se pueda aprobar antes de fin de año. Se trata de la ley crucial de esta legislatura, que afectará de modo trasversal a la Administración del Estado, autonómica y de los Entes locales así como a Casa Real, Colegios Profesionales, partidos políticos, sindicatos e instituciones privadas que usan fondos públicos.

La Ley establece un régimen sancionador estructurado en cuatro ámbitos:
- infracciones en materia de conflicto de intereses,
- infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria,
- infracciones en el ámbito disciplinario, e
- infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Entre las últimas incorporaciones a la Ley están la obligación de suministrar información a los adjudicatarios de los contratos públicos. Asimismo gracias a las propuestas ciudadanas, se impulsa la adopción de mecanismos que garanticen la accesibilidad, calidad y reutilización de la información publicada; se amplía la información económico-presupuestaria que debe hacerse pública, entre la que tendrá que incluirse lo relativo a los contratos; y se establece la obligatoriedad de hacer públicos los informes de auditoría y fiscalización, así como más datos sobre los contratos, entre los que deberán incluirse los contratos menores.
Los Colegios Profesionales pasan también, como novedad causada por las aportaciones de los ciudadanos, a estar sujetos a la Ley de Transparencia.
Otra aportación es que se aclara un poco más el capítulo del derecho de acceso a la información, sobre todo en lo relativo a la aplicación de los límites, introduciendo como criterio para negar información a un solicitante que exista un riesgo de perjuicio por el hecho de que la información se haga pública, pero también que no exista un interés superior que respalde la publicación.
Igualmente, en el capítulo sancionador hay una infracción grave por el incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo las solicitudes de información presentadas por los ciudadanos.
"Plante" de la oposición el 10 de julio
Los representantes del Grupo Parlamentario Socialista, Izquierda Plural y el Grupo Mixto en la ponencia de la Ley de Transparencia abandonaron el 10 de julio la reunión de trabajo que estaba calendarizada, después de que el PP no aceptase la petición formulada por el PSOE de que se aplazaran las sesiones previstas hasta que Mariano Rajoy no compareciese en el Congreso para ofrecer explicaciones sobre el caso Bárcenas y la financiación del PP que de los documentos y las declaraciones se desprende.
El ponente socialista José Enrique Serrano argumentó que "la Ley de Transparencia es un gran reto y tenemos un enorme interés en que pueda salir adelante y que salga bien. Pero nos resulta muy sorprendente que los diputados estemos ignorando que, fuera de estas paredes, se está pidiendo un ejercicio de transparencia que no se atiende por parte del Gobierno" que -ha recordado- ha rechazado 5 veces en los últimos meses las solicitudes de comparecencia de Rajoy para que diese una explicación pública sobre la financiación del PP.
"La Ley de Transparencia pretende, a nuestro juicio, que lo que decimos las organizaciones políticas o los representantes públicos y lo que hacemos se identifique una cosa con la otra. Lo que yo creo que da mala imagen es que prediquemos una cosa y hagamos otra. Y si estamos trabajando por la Ley de Transparencia quienes estamos implicados en ese trabajo tendríamos que esforzarnos en transmitir la impresión y la realidad de que somos nosotros mismos transparentes, aunque no exista Ley", ha señalado Serrano, para quien "un aplazamiento de 24 o 48 horas o de una semana no impediría cumplir el calendario para asegurarnos que esta ley se aprueba bien, con un consenso amplio, antes de fin de año".
Calendario previo
A principios de julio se cerraron un máximo de cinco sesiones a celebrar los días 10, 11, 16 y 17 de julio, coincidiendo con citas de plenos donde verían las más de cuatrocientas enmiendas que se han presentado al texto que es trasversal a la Administración y del que se derivan desde simples amonestaciones hasta consecuencias penales por contravención a las obligaciones que de este texto derivarían para la Administración Pública, Congreso, Senado y órganos como el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado (y órganos autonómicos equivalentes) y Corporaciones de Derecho Público en sus actividades sujetas a Derecho administrativo; organismos autónomos; entidades de Derecho Público y Sociedades Mercantiles con participación pública mayoritaria. Se incluyen, incluso, las personas físicas o jurídicas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas.
Tras estas reuniones, la Comisión Constitucional aprobaría el dictamen el 23 de julio, ya descartado, que sería ratificado la segunda semana de septiembre para entrar ya en el engranaje parlamentario que pudiera derivar en la aprobación de la Ley; una de las más importantes de esta legislatura junto con el nuevo Código Mercantil, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la reforma de la Ley del IRPF y la ya aprobada Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Ley de Transparencia ya recoge que las Entidades Locales sean las competentes para aplicar su propio régimen disciplinario
La enmienda propuesta desde la FEMP al redactado de la Ley de Transparencia ya está incluida en el inicio de texto aprobado en el Congreso de los Diputados a la espera de las demás enmiendas y el debate sobre el texto "definitivo". En virtud de la misma serán las Entidades Locales y no el Consejo de Ministros ni el Ministerio de Hacienda y AAPP, las competentes para aplicar su propio régimen disciplinario, y serán sus órganos sancionadores los que, llegado el caso, penalicen a los altos cargos de las Entidades Locales.
La propuesta de la FEMP en este sentido tenía por objeto sustituir el redactado previo que otorgaba al Consejo de Ministros y al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la capacidad sancionadora para altos cargos de todas las Administraciones. En su propuesta, la Federación destacaba que los reglamentos orgánicos de las Entidades Locales deberían ser los encargados de determinar los órganos y procedimientos sancionadores por las infracciones de la ley, al considerar que en el caso de las Entidades Locales era necesario precisar las competencias y complementarlas con indicaciones específicas para esta Administración.
Con un redactado diferente, esta cuestión fue incorporada el pasado octubre y quedó recogida igualmente en el documento de ayer casi definitivo, a la espera de una semana más para aportar enmiendas. En el Título II de la futura Ley, relativo a "Buen Gobierno", el punto 4.C dice textualmente lo siguiente:
"Cuando el procedimiento se dirija contra altos cargos de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales en supuestos distintos de los contemplados en la letra anterior, serán competentes para sancionar los órganos que tengan atribuidas estas funciones en aplicación del régimen disciplinario propio de Administraciones en las que presten servicios los cargos contra los que se dirige el procedimiento."
El punto 2.C del mismo Título reconoce similares atribuciones a la hora de ordenar la incoación: "Cuando los presuntos responsables sean personas al servicio de la Administración autonómica o local en supuestos distintos de los contemplados en la letra anterior , el procedimiento se incoará e instruirá por los órganos que tengan atribuidas estas funciones en aplicación del régimen disciplinario propio de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales en las que presten servicios los cargos contra los que se dirige el procedimiento."